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CE - 11001-03-15-000-2020-00471-00(A)-2022

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 11001-03-15-000-2020-00471-00(A)-2022
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2022

Radicado: 11001-03-15-000-2020-00471-00

Demandante: Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial

AUTO

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SALA VEINTIDÓS ESPECIAL DE DECISIÓN

Bogotá, D.C., veintidós (22) de junio de dos mil veintidós (2022) Referencia: Recurso Extraordinario de Revisión Radicación: 11001-03-15-000-2020-00471-00

Demandante: RAMA JUDICIAL – DIRECCIÓN EJECUTIVA DE

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Demandado: GILBERTO HUEPA NIETO Y OTROS AUTO DE PRUEBAS Acorde con lo dispuesto en el artículo 254 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el despacho dispone:

1. Tener como pruebas los documentos aportados con la demanda, incluidas las copias simples, de conformidad con el artículo 246 del Código General del

Proceso.

2. Por Secretaría, solicitar al Tribunal Administrativo del Meta, en calidad de préstamo, el expediente dentro del cual se tramitó el proceso de reparación directa radicado con nro. 50001-23-31-000-2004-10833-00, promovido por el señor Gilberto Huepa Nieto y otros contra Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y la Fiscalía General de la Nación. Término cinco (5) días.

Según lo dispuesto en el Decreto Legislativo nro. 806 de 2020 y en la Ley 2213 de 2022, se utilizarán los diferentes medios tecnológicos y de comunicación para cumplir con los deberes constitucionales y legales, referentes al debido

funcionamiento de la administración de justicia. Por lo tanto, es importante que los diferentes sujetos procesales originen sus actuaciones desde los correos electrónicos que informaron dentro del proceso. Los escritos con las intervenciones, conceptos, respuestas, documentos y demás que deban ser allegados al proceso, deberán ser enviados al correo electrónico: secgeneral@consejodeestado.gov.co. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente)

MILTON CHAVES GARCÍA

1 Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador

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