🇨🇴⚖️ La Corte Suprema probó Ariel. (⭐4.6/5) Conoce los resultados aquí

CE-11001-03-15-000-2020-01247-00(CA)A-2020

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE-11001-03-15-000-2020-01247-00(CA)A-2020
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2020

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / MINISTERIO PÚBLICO / TRASLADO

DE LA DEMANDA

[E]xpirado el término de la publicación del aviso o vencido el término probatorio cuando este fuere procedente, pasará el asunto al ministerio público para que dentro de los diez (10) días siguientes rinda concepto.

FUENTE FORMAL: CPACA - ARTÍCULO 185 NUMERAL 1 / CPACA - ARTÍCULO 185 NUMELA 5

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SALA ESPECIAL DE DECISIÓN NÚM. 9

Consejero ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ

Bogotá́ D.C., primero (01) de junio de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01247-00(CA)A Actor: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Demandado: RESOLUCIÓN 00520 EL 28 DE MARZO DE 2020 EXPEDIDA POR EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Referencia: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD DE LA RESOLUCIÓN 00520 EL 28 DE MARZO DE 2020 EXPEDIDA POR EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. AUTO QUE ORDENA CUMPLIMIENTO DEL NUMERAL 5 DEL ARTÍCULO 185 DEL CPACA Ingresa el presente trámite de control inmediato de legalidad al despacho con informe secretarial del 29 de mayo, que da cuenta del cumplimiento del término de publicación del aviso de que trata el numeral 1º del art. 185 del CPACA. En ese orden, es procedente continuar con el trámite previsto en el numeral 5º de

la precitada disposición, según el cual “expirado el término de la publicación del aviso o vencido el término probatorio cuando este fuere procedente, pasará el asunto al Ministerio Público para que dentro de los diez (10) días siguientes rinda concepto”, para lo cual, se dispone:

1. Por secretaría, dese cumplimiento al numeral 5 del artículo 185 el CPACA, en consecuencia, el presente asunto pasará al Ministerio Público para que dentro de los diez (10) días siguientes rinda concepto sobre la legalidad de los actos objeto de control.

2. Los documentos correspondientes deberán ser enviados a la dirección informada por la Procuraduría General.

3. Vencido el término de traslado al Ministerio Público, regrese el expediente al Despacho para fallo.

CÚMPLASE

GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ

Consejero de Estado

Consultar sobre este documento ...