CE-11001-03-15-000-2020-01292-00(CA)-2020
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-11001-03-15-000-2020-01292-00(CA)-2020
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 000309 DE 2020Expedida en desarrollo del Decreto que declaró Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológico / SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS
EN LA SUPERINTENDENCIA Y DE CONCILIACIÓN DE LA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD / CONTROL DE INMEDIATO DE LEGALIDAD-Avoca conocimiento / CONTROL DE INMEDIATO DE LEGALIDADActos objeto de control Por ser procedente de conformidad con el artículo 136 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 111 y 185 ibídem, el Despacho da trámite al Control Inmediato de Legalidad de la Resolución Número 000309 del 31 de marzo de 2020 expedida por la Superintendente Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud “Por la cual se suspenden los términos en algunos asuntos de conocimiento de la, con ocasión de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y de la Protección Social”.
NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN NÚMERO 000309 DE 2020.
SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL Y DE CONCILIACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011ARTÍCULO 136 / LEY 1437 DE 2011ARTÍCULO 111 / LEY 1437 DE 2011ARTÍCULO 185
CONSEJO DE ESTADO
SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Consejero ponente: CÉSAR PALOMINO CORTÉS
Bogotá, D.C., veintitrés (23) de abril de dos mil veinte (2020).
Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01292-00(CA)
Actor: SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA LA FUNCIÓN
JURISDICCIONAL Y DE CONCILIACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE SALUD
Demandado: RESOLUCIÓN NÚMERO 000309 DEL 31 DE MARZO DE 2020
Asunto: Control Inmediato de Legalidad de la Resolución 000309 del 31 de marzo de 2020, expedida por la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud Decisión: Admite Control de Legalidad y da trámite Por ser procedente de conformidad con el artículo 136 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 111 y 185 ibídem, el Despacho da trámite al Control Inmediato de Legalidad de la Resolución Número 000309 del 31 de marzo de 2020 expedida por la Superintendente Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud “Por la cual se suspenden los términos en algunos asuntos de conocimiento de la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud, con ocasión de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y de la Protección Social”. En consecuencia, se dispone: PRIMERO: NOTIFICAR personalmente, o a través de los diferentes medios
virtuales que en estos momentos estén a disposición de la Secretaría General del Consejo de Estado, al Superintendente Nacional de Salud, o a quien este haya delegado la facultad de notificarse de las decisiones judiciales.
SEGUNDO: NOTIFICAR personalmente, o a través de los diferentes medios virtuales que en estos momentos estén a disposición de la Secretaría General del Consejo de Estado, al Director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, o a quien este haya delegado la facultad de notificarse de las decisiones judiciales.
TERCERO: NOTIFICAR personalmente, o a través de los diferentes medios virtuales que en estos momentos estén a disposición de la Secretaría General del
Consejo de Estado, al Ministerio Público.
CUARTO: FIJAR un aviso en la Secretaria General del Consejo de Estado sobre la existencia de este proceso, por el término de 10 días, durante el cual cualquier ciudadano podrá intervenir por escrito para defender o impugnar la legalidad de la Resolución Número 000309 del 31 de marzo de 2020 expedida por la Superintendente Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la
Superintendencia Nacional de Salud.
QUINTO: SOLICITAR a la Superintendente Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud que, con destino a este proceso, se sirva enviar, en medio magnético, copia de los antecedentes administrativos que sirvieron de fundamento a la Resolución Número 000309 del 31 de marzo de 2020, o de cualquier otro documento que hubiere sido relevante para expedir dicho acto administrativo. Término: diez (10) días.
SEXTO: Vencido el término concedido en los numerales anteriores, por Secretaría
General, PASAR el asunto al Ministerio Público, para que en los siguientes diez (10) días rinda su concepto.
SÉPTIMO: Las anteriores actuaciones judiciales se deberán surtir a través de los medios electrónicos con los que cuente la Secretaría General de la Corporación, y que garanticen la autenticidad e integridad de las mismas, así como los principios de publicidad y el debido proceso.