CE-11001-03-15-000-2020-01455-00(CA)B-2020
Consejo de Estado
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CE-11001-03-15-000-2020-01455-00(CA)B-2020
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / ACUMULACIÓN DE PROCESOS – Extemporaneidad por existir registro de sentencia en Sala. Mediante informe del 28 de agosto de 2020, la Secretaría General de la Corporación envió a este despacho el auto del 6 de agosto de la misma anualidad, proferido por el magistrado Guillermo Sánchez Luque, mediante el cual se remite el expediente con radicado 11001-03-15-000-2020-03093-00, para que se estudie su eventual acumulación al proceso de la referencia. Sin embargo, se advierte que para la fecha en que se remitió el mencionado expediente el proyecto de fallo del control inmediato de legalidad de la Resolución 727 del 18 de marzo de 2020 ya había sido registrado para estudio de la Sala Especial de Decisión, como consta en el aplicativo SAMAI. En consecuencia, en los términos del artículo 148 del C.G.P., aplicable por remisión del artículo 306 del C.P.A.C.A., la solicitud de acumulación fue extemporánea.
CONSEJO DE ESTADO
SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SALA NOVENA ESPECIAL DE DECISIÓN
Consejero ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Bogotá́, D.C., cinco (5) de octubre de dos mil veinte (2020).
Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01455-00(CA)
Actor: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL
Demandado: RESOLUCIÓN 01146 DE 2020
Asunto: Control inmediato de legalidad
AUTO QUE NIEGA ACUMULACIÓN
Mediante informe del 28 de agosto de 2020, la Secretaría General de la Corporación envió a este despacho el auto del 6 de agosto de la misma anualidad, proferido por el magistrado Guillermo Sánchez Luque, mediante el cual se remite el expediente con radicado 11001-03-15-000-2020-03093-00, para que se estudie su eventual acumulación al proceso de la referencia. Sin embargo, se advierte que para la fecha en que se remitió el mencionado expediente el proyecto de fallo del control inmediato de legalidad de la Resolución 727 del 18 de marzo de 2020 ya había sido registrado para estudio de la Sala Especial de Decisión, como consta en el aplicativo SAMAI. En consecuencia, en los términos del artículo 148 del C.G.P., aplicable por remisión del artículo 306 del C.P.A.C.A., la solicitud de acumulación fue extemporánea. En mérito de lo expuesto, el despacho RESUELVE PRIMERO. NO ACUMULAR a este expediente (11001-03-15-000-2020-01455-00) el proceso con radicado 11001-03-15-000-2020-03093-00. SEGUNDO. DEVOLVER el expediente 11001-03-15-000-2020-03093-00, relacionado con el control inmediato de legalidad de la resolución Resolución 01146 de 2020, al despacho del consejero Guillermo Sánchez Luque.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Firmado electrónicamente Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia 2 www.consejodeestado.gov.co