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CE-11001-03-15-000-2020-01616-00(CA)-2020

Consejo de Estado

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Título
CE-11001-03-15-000-2020-01616-00(CA)-2020
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2020

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Acumulación de procesos [L]as órdenes de gerencia No 006 de 29 de marzo de 2020 y No. 009 de 9 de abril de 2020 proferidas por el Gerente de la Corporación de Alta Tecnología para la Defensa -CODALTECconstituyen una unidad de materia, dado que ambos actos administrativos tienen por objeto adoptar medidas administrativas para el funcionamiento efectivo de dicha entidad en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada en todo el Territorio Nacional con ocasión del COVID-19. Por consiguiente, se ordenará remitir este proceso al Despacho del Consejero de Estado Dr. Julio Roberto Piza Rodríguez (E) para que estudie su posible acumulación al expediente No. 11001-03-15-000-2020-01617-00 por ser el primero en el cual se avocó el conocimiento de uno de los actos administrativos referidos para efectos de su control de legalidad.

CONSEJO DE ESTADO

SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SALA ESPECIAL DE DECISIÓN No 10

Consejera ponente: SANDRA LISSET IBARRA VÉLEZ

Bogotá D.C., nueve (09) de septiembre de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01616-00(CA) Actor: CORPORACIÓN DE ALTA TECNOLOGÍA PARA LA DEFENSACODALTEC Demandado: ORDEN DE GERENCIA No 009 DE 9 DE ABRIL DE 2020CORPORACIÓN DE ALTA TECNOLOGÍA PARA LA DEFENSA -CODALTEC

Referencia: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD.ORDEN DE GERENCIA

No 009 DE 9 DE ABRIL DE 2020 «POR LA CUAL SE EXTIENDEN LAS MEDIDAS ADOPTADAS MEDIANTE ORDEN DE GERENCIA No 006 DEL 29 DE

MARZO DE 2020 PARA ENFRENTAR LA PROPAGACIÓN DEL COVID-19»

EXPEDIDA POR EL GERENTE GENERAL DE LA CORPORACIÓN DE ALTA

TECNOLOGÍA PARA LA DEFENSA -CODALTEC-. REMITIR EL EXPEDIENTE

DE LA REFERENCIA, AL DESPACHO DEL CONSEJERO DE ESTADO DR.

JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ (E), PARA SU POSIBLE ACUMULACIÓN

AL PROCESO 2020-01617

Ha venido al Despacho el proceso de la referencia, para proferir sentencia sobre la legalidad de la Orden de Gerencia N°. 009 de 9 de abril de 2020 «Por la cual se extienden las medidas adoptadas mediante Orden de Gerencia N°. 006 del 29 de marzo de 2020 para enfrentar la propagación del COVID-19» expedida por el Gerente General de la Corporación de Alta Tecnología para la Defensa -CODALTEC-, a través del cual se dispuso lo siguiente: «(…)En mérito de lo expuesto, el Gerente General de la Corporación de Alta Tecnología para la Defensa, CODALTEC; DECIDE: ARTÍCULO 1º. Extender las medidas adoptadas mediante Orden de Gerencia No. 006 del 29 de marzo de 2020, desde las cero horas (00:00 a.m) del día 13 de abril de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020.

Parágrafo: En caso de que por la emergencia sanitaria, se siga extendiendo el

aislamiento preventivo, automáticamente se seguirán extendiendo las medidas adoptadas mediante de la Orden de Gerencia No. 006 del 29 de marzo de 2020. ARTICULO 2°. Solicitar a los empleados, personal en comisión y contratistas de CODALTEC, que continúen en sus respectivos lugares de habitación, con las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional, local y regional para enfrentar la Pandemia del Coronavirus COVID-19 ARTÍCULO 3°: La presente Orden de Gerencia rige a partir de la fecha de su expedición.(…)» Del texto transcrito encuentra la Ponente que, el mencionado acto administrativo modificó la Orden de Gerencia N° 006 del 29 de marzo de 2020 dictada por el mismo funcionario1, en cuanto a su vigencia, la cual, a su vez es objeto de control inmediato de legalidad en el proceso N°. 11001-03-15-000-2020-01617-00 que cursa en el Despacho a cargo del Consejero de Estado Dr. Julio Roberto Piza Rodríguez (E), cuyo conocimiento fue avocado para su respectivo control inmediato de legalidad mediante auto de 13 de mayo de 2020. Se observa entonces que, las órdenes de gerencia N° 006 de 29 de marzo de 20202 y N°. 009 de 9 de abril de 20203 proferidas por el Gerente de la Corporación de Alta Tecnología para la Defensa -CODALTECconstituyen una unidad de materia, dado que ambos actos administrativos tienen por objeto adoptar medidas administrativas para el funcionamiento efectivo de dicha entidad en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada en todo el Territorio Nacional con ocasión del

COVID-19. Por consiguiente, se ordenará remitir este proceso al Despacho del Consejero de Estado Dr. Julio Roberto Piza Rodríguez (E) para que estudie su posible acumulación al expediente N°. 11001-03-15-000-2020-01617-00 por ser el primero en el cual se avocó el conocimiento de uno de los actos administrativos referidos para efectos de su control de legalidad. En mérito de lo expuesto, el Despacho RESUELVE Por Secretaría General del Consejo de Estado REMÍTASE el expediente con radicado N°. 11001031500020200161600 al despacho del Consejero de Estado Dr. Julio Roberto Piza Rodríguez (E) para que estudie su posible acumulación al expediente N°. 11001-03-15-000-2020-01617-00. Notifíquese y cúmplase, 1 Por la cual se adoptan las medidas establecidas en los Decretos Presidenciales con ocasión de la Emergencia por COVID-19. 2 Por la cual se adoptan las medidas establecidas en los Decretos Presidenciales con ocasión de la Emergencia por

COVID-19.

3Por la cual se extienden las medidas adoptadas mediante Orden de Gerencia N°. 006 del 29 de marzo de 2020 para enfrentar la propagación del COVID-19.

SANDRA LISSET IBARRA VÉLEZ

Consejera de Estado

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