CE-11001-03-15-000-2021-04408-00 (AC)
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-11001-03-15-000-2021-04408-00 (AC)
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
ACCIÓN DE TUTELA / IMPUGNACIÓN DE LA SENTENCIA DE ACCIÓN DE TUTELA / AUTO QUE CONCEDE LA IMPUGNACIÓN DE LA SENTENCIA DE ACCIÓN DE TUTELA Los actores (…), mediante escrito recibido el 1° de septiembre de 2021 en la Secretaría General de la Corporación, impugnaron la sentencia de 20 de agosto de 2021 proferida por esta Sección, que declaró improcedente la solicitud de amparo. (…) Vistos: i) el Acuerdo número 80 de 12 de marzo de 2019 expedido por la Sala Plena de esta Corporación, y ii) el artículo 31 del Decreto 2591 de 19 de noviembre de 1991 , este Despacho concederá la impugnación presentada oportunamente por los actores.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Consejero ponente: ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS (E)
Bogotá, D.C., nueve (9) de septiembre de dos mil veintiuno (2021) Radicación número: 11001-03-15-000-2021-04408-00 (AC)
Actor: LUZ ESTELA CAMACHO MORENO, NILSON CAMACHO MORENO,
MARY RIASCOS MORENO Y ROSA DEL CARMEN CAMACHO MORENO
Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA
Y SANTA CATALINA Asunto: Impugnación de tutela AUTO DE TRÁMITE Los actores, actuando a través de apoderado judicial, mediante escrito recibido el 1° de septiembre de 20211 en la Secretaría General de la Corporación,
impugnaron la sentencia de 20 de agosto de 20212 proferida por esta Sección, que declaró improcedente la solicitud de amparo. Para resolver, se CONSIDERA:
1. Vistos: i) el Acuerdo número 80 de 12 de marzo de 20193 expedido por la Sala Plena de esta Corporación, y ii) el artículo 31 del Decreto 2591 de 19 de 1 Cfr. Documento denominado “52_RECIBEMEMORIALESPORCORREOEL ECTRONICO_202104408(.pdf) NroA ctua 2”. Documento aportado en medio digital. 2 La cual fue notificada el 31 de agosto de 2021. 3 “[…] Reglamento del Consejo de Estado […]”. noviembre de 19914, este Despacho concederá la impugnación presentada oportunamente por los actores.
En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria, RESUELVE: PRIMERO: CONCEDER la impugnación interpuesta por Luz Estela Camacho Moreno, Nilson Camacho Moreno, Mary Riascos Moreno y Rosa del Carmen Camacho Moreno contra la sentencia de 20 de agosto de 2021 proferida por esta Sección.
SEGUNDO: REMITIR el expediente a la Secretaría General del Consejo de Estado para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS Consejero de Estado (E) 4 "[…] Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política […]".