CE-11001-03-15-000-2021-05204-00 (AC) A
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-11001-03-15-000-2021-05204-00 (AC) A
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
ACCIÓN DE TUTELA CONTRA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA / REMITE POR COMPETENCIA Por tratarse de una acción de tutela contra la referida corporación judicial, de conformidad con las reglas de reparto establecidas en el numeral 7 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1983 de 2017, se ordenará remitir de inmediato el proceso de la referencia a la Corte Suprema de justicia.
FUENTE FORMAL: DECRETO 1983 DE 2017ARTÍCULO 2.2.3.1.2.1NUMERAL 7
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A
Consejero ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ
Bogotá, D.C., trece (13) de agosto de dos mil veintiuno (2021) Radicación número: 11001-03-15-000-2021-05204-00 (AC)
Actor: MARIELA ACERO BARACALDO
Demandado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – SALA DE DESCONGESTIÓN
LABORAL NO 4
Referencia: Acción de tutela – Auto que remite La señora Mariela Acero Baracaldo, en nombre propio, interpuso demanda de
tutela contra la Corte Suprema de Justicia - Sala de Descongestión Laboral No. 4, con el fin de que se le protejan sus derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados, al proferir el fallo de 7 de julio de 2020, dentro del proceso ordinario laboral (1100131-05-014-2015-00122-01) que adelantó contra Forteco S.A. Por tratarse de una acción de tutela contra la referida corporación judicial, de conformidad con las reglas de reparto establecidas en el numeral 7 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1983 de 20171, se ordenará remitir de inmediato el proceso de la referencia a la Corte Suprema de justicia. En consecuencia,
R E S U E L V E:
1VF “Las acciones de tutela dirigidas contra la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a la misma Corporación y se resolverá por la Sala de Decisión, Sección o Subsección que corresponda de conformidad con el reglamento al que se refiere el artículo 2.2.3.1.2.4 del presente decreto”. Por Secretaría General, previa comunicación a la señora Mariela Acero Baracaldo, remítase inmediatamente el expediente de la referencia a la Corte Suprema de Justicia-oficina de reparto-, para lo de su cargo.
CÚMPLASE,
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE2
JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ CC / XO 2 Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador. 2