CE-11001-03-15-000-2021-06084-00(AC)A
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-11001-03-15-000-2021-06084-00(AC)A
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
ACCIÓN DE TUTELA / AUTO QUE CONCEDE IMPUGNACIÓN Comoquiera que la impugnación se interpuso oportunamente, es del caso concederla, por lo cual se ordenará remitir el expediente a la Secretaría General del Consejo de Estado, para su trámite, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo 377 de 2018, expedido por la Sala Plena del Consejo de Estado y el artículo 31 del Decreto 2591 de 19 de noviembre de 1991.
FUENTE FORMAL: DECRETO 2591 DE 1991 - ARTÍCULO 31 / ACUERDO 377
DE 2018
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Consejero ponente: ROBERTO AUGUSTO SERRATO VÁLDES
Bogotá, D. C., veinticinco (25) de noviembre de dos mil veintiuno (2021) Radicación número: 11001-03-15-000-2021-06084-00(AC)A
Actor: GLORIA INÍRIDA MONTEALEGRE ZARTA
Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN E Auto que concede impugnación La parte accionante impugnó la sentencia de 30 de septiembre de 20211, mediante la cual esta Sección negó la solicitud de amparo de la referencia.
Para resolver, se CONSIDERA: Comoquiera que la impugnación se interpuso oportunamente, es del caso concederla, por lo cual se ordenará remitir el expediente a la Secretaría General del Consejo de Estado, para su trámite, de conformidad con lo previsto en el
Acuerdo 377 de 20182, expedido por la Sala Plena del Consejo de Estado y el artículo 31 del Decreto 2591 de 19 de noviembre de 19913. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria, RESUELVE: 1 Notificada el 26 de octubre de 2021 a través de correo electrónico. 2 “[…] Por medio del cual se modifica el reglamento del Consejo de Estado […]”. 3 “[…] Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política […]”. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2
Radicación: 11001-03-15-000-2021-04881-00
Accionante: Hortensia Díaz Duarte, en representación del señor Jorge Enrique Escobar Borras PRIMERO: CONCEDER la impugnación instaurada por la parte actora en contra de la sentencia proferida por esta Sección el 30 de septiembre de 2021.
SEGUNDO: REMITIR el expediente a la Secretaría General de la Corporación para los fines pertinentes.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE,
ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS
Consejero de Estado