CE-11001-03-24-000-2000-06103-01(6103)-2001
Consejo de Estado
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CE-11001-03-24-000-2000-06103-01(6103)-2001
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2001
DECRETO DE PRUEBA DE OFICIO – Procedencia / PRUEBA DE OFICIO – Su decreto procede para el esclarecimiento de puntos oscuros o dudosos de la controversia / AUTO PARA MEJOR PROVEER [A]dvierte la Sala que para aclarar puntos dudosos u oscuros de la controversia se hace necesario establecer dentro de la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social dónde se encuentra el cargo de Director Técnico de Trabajo; cuáles son sus funciones, si dicho cargo es equivalente al de Director General de Trabajo; y recaudar copia de las Resoluciones núms. 1094 y 1095 de 1996, relativas al procedimiento para la inscripción de estatutos y reformas estatutarias.
FUENTE FORMAL: CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTICULO 169 INCISO 2
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Consejero ponente: GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
Bogotá, D.C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil uno (2001) Radicación número: 11001-03-24-000-2000-06103-01(6103)
Actor: LUIS ALBERTO JIMÉNEZ POLANCO Demandado: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Llegada la oportunidad procesal de decidir, advierte la Sala que para aclarar puntos dudosos u oscuros de la controversia se hace necesario establecer dentro de la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social dónde se
encuentra el cargo de Director Técnico de Trabajo; cuáles son sus funciones, si dicho cargo es equivalente al de Director General de Trabajo; y recaudar copia de las Resoluciones núms. 1094 y 1095 de 1996, relativas al procedimiento para la inscripción de estatutos y reformas estatutarias. Por tal razón, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, con apoyo en lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 169 del C.C.A., R E S U E L V E : SOLICÍTESE a la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que en el término de diez (10) días certifique, con destino al proceso de la referencia, dentro de la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social dónde se encuentra el cargo de Director Técnico de Trabajo; cuáles son sus funciones, si dicho cargo es equivalente al de Director General de Trabajo; y allegue copia de las Resoluciones núms. 1094 y 1095 de 1996, relativas al procedimiento para la inscripción de estatutos y reformas estatutarias. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Se deja constancia de que la anterior providencia fue leída, discutida y aprobada por la Sala en la sesión del día 27 de septiembre de 2001.
OLGA INÉS NAVARRETE BARRERO CAMILO ARCINIEGAS ANDRADE
Presidenta