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CE-11001-03-24-000-2002-00444-01-2010

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-11001-03-24-000-2002-00444-01-2010
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2010

ACCION DE NULIDAD - Procedencia frente a acto general derogado / ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL DEROGADO - Control jurisdiccional La Resolución 5282 de 20 de noviembre de 2001 «Por la cual se establece la Sectorización de los Sujetos de Control Fiscal» fue derogado por la Contraloría General de la República mediante Resolución 5502 de 18 de julio de 2003. Para la Sala es necesario advertir, que pese a que la vigencia del acto demandado (Resolución 5282 de 2001) fue por un (1) año y ocho (8) meses, esto es, desde el 20 de noviembre hasta el 18 de julio de 2003, la Sala entrará a su análisis de fondo, ya sea estimatorio o desestimatorio de las pretensiones, en razón a las consecuencias y efectos jurídicos producidos dentro de ese lapso.

NORMA DEMANDADA: RESOLUCION 5282 DE 2001 (20 DE NOVIEMBRE) CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA (NO ANULADA) CONTROL FISCAL - Función constitucional / GESTION FISCAL - Concepto y alcance Para resolver se considera necesario precisar el alcance de la función constitucional de vigilancia de la gestión fiscal a cargo de la Contraloría General de la República. El artículo 267 de la Constitución Política establece que el control fiscal es una función pública que ejerce la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la Administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado. Asimismo, el artículo 268 numeral 12 ibidem le otorga al Contralor General de la República, la facultad de dictar normas

generales para armonizar los sistemas de control fiscal de todas las entidades públicas del orden nacional y territorial. El concepto de gestión fiscal así como el significado y alcance de la función de vigilancia de la gestión fiscal han sido materia de abundantes pronunciamientos jurisprudenciales, tanto del Consejo de Estado como de la Corte Constitucional. (…) La gestión fiscal es, entonces, el conjunto de actividades económico jurídicas relacionadas con la adquisición, conservación, explotación, enajenación, consumo, o disposición de los bienes del Estado, así como la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines de éste y realizadas por los órganos o entidades de naturaleza jurídica pública o por personas naturales o jurídicas de carácter privado.

FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA – ARTICULO 267 / CONSTITUCION POLITICA – ARTICULO 268 NUMERAL 12

NOTA DE RELATORIA: Sobre el concepto de la gestión fiscal y el alcance de la función de vigilancia de dicha gestión, concepto, Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, núm. 848, de 31 de julio de 1996; y sentencias, Corte Constitucional, números C-529 de 1993, C-100 de 1996, C-272 de 1996, C-592 de 1995 y C-480 de 2001.

NORMA DEMANDADA: RESOLUCION 5282 DE 2001 (20 DE NOVIEMBRE)

CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA (NO ANULADA) CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA - Organización y funcionamiento. Criterios de organización / CONTRALORIA GENERAL DE

LA REPUBLICA - Especialización sectorial / ESPECIALIZACION SECTORIAL - Finalidad / SUJETOS DE CONTROL FISCAL - Agrupados por sectores / CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA - Funciones Corresponde a la Sala determinar en primer lugar, si la Resolución 5282 de 20 de noviembre de 2001 «por la cual se establece la Sectorización de los Sujetos de Control Fiscal» viola los artículos 1º, 6º y 122 de la Constitución Política; 1º y 30 del Decreto Extraordinario 267 de 2000; y 84 del C.C.A., pues el actor considera que el Contralor General de la República deba (sic) contar con el concepto previo del Comité Directivo para poder asignar y reasignar sujetos pasivos de control fiscal a las Contralorías Delegadas. (…) El Presidente de la República profirió el Decreto 267 de 22 de febrero de 2000, «por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones.» El artículo 9º ibidem señala los criterios por medio de los cuales se fundamenta y desarrolla la organización de la Contraloría General de la República, a saber: «1. Especialización sectorial. (…).» Según el artículo 30 idem, la Contraloría General de la República agrupará por sectores a los sujetos de control fiscal, de acuerdo con el ámbito en el cual desarrollen sus actividades de gestión pública, prestación de servicios, funciones administrativas o regulativas, producción de bienes o actividades comerciales, económicas y

financieras; con el fin de garantizar el adecuado ejercicio de las funciones, facultades y actividades de la vigilancia fiscal señaladas en la Constitución, las leyes y demás normas, y para lograr un alto desarrollo del nivel técnico del ejercicio de las mismas. (…) Asimismo, el artículo 35 del citado decreto establece las funciones del Contralor General, dentro de las cuales se encuentran las de adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley (numeral 2), y dictar las normas tendientes a la armonización de los sistemas en materia de vigilancia de la gestión fiscal y los controles y modalidades que corresponda, las que serán de obligatorio cumplimiento y adopción por las contralorías territoriales (numeral 7).

FUENTE FORMAL: DECRETO 267 DE 2000 – ARTICULO 9 / DECRETO 267 DE 2000 – ARTICULO 30 / DECRETO 267 DE 2000 – ARTICULO 35 NUMERAL 2 / DECRETO 267 DE 2000 – ARTICULO 35 NUMERAL 7

NORMA DEMANDADA: RESOLUCION 5282 DE 2001 (20 DE NOVIEMBRE)

CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA (NO ANULADA) CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA - Organización / SECTORIZACION - Criterio de organización en Contraloría General de la República / SECTORIZACION - Definición / SUJETOS PASIVOS DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL - Asignación y reasignación a Contralorías

Delegadas / CONTRALORIAS DELEGADAS - Asignación y reasignación de sujetos pasivos de control y vigilancia fiscal / CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA - Competencia para sectorizar sujetos de vigilancia y control fiscal previo concepto de Comité Directivo de la Contraloría / SECTORIZACION DE SUJETOS DE CONTROL FISCAL - Legalidad de la Resolución 5282 de 2001 del Contralor General de la República Del artículo 30 anteriormente trascrito, se infiere que uno de los criterios por medio de los cuales se fundamenta y desarrolla la organización de la Contraloría General de la República es el de la «sectorización», la cual se define como la agrupación por sectores de los sujetos de control fiscal, de acuerdo con el ámbito en el cual desarrollen sus actividades de gestión pública, prestación de servicios, funciones administrativas o regulativas, producción de bienes o actividades comerciales, económicas y financieras. En desarrollo de este criterio, el Contralor General, previo concepto del Comité Directivo, podrá «asignar y reasignar» sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal a las contralorías delegadas. En los términos del Diccionario de la Lengua Española «asignar» significa «1. Señalar lo que corresponde a alguien o algo. 2. Señalar, fijar. 3: Nombrar, designar.»; y por «reasignar» se entiende volver a asignar. La «asignación y reasignación» de los sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal a las contralorías delegadas es una facultad que tiene el Contralor General, en desarrollo de los criterios de

especialización sectorial, funcionalidad y simplificación. Para la Sala, la decisión consistente en «sectorizar» a los sujetos de control fiscal implica a su vez el ejercicio de «asignar y reasignar» los sujetos pasivos de vigilancia y control a las contralorías delegadas a cada uno de esos sectores, por lo tanto, el Contralor General de la República debía contar con el concepto del Comité Directivo. (…) En efecto, obra en el expediente algunos oficios suscritos por diferentes miembros del Comité Directivo, dirigidos a la oficina de planeación de la entidad, en donde se hacen sugerencias y recomendaciones al proyecto de sectorización de control fiscal. (fl. 58-82 C.1). La Sala considera que las observaciones y recomendaciones que hicieron algunos miembros del Comité Directivo al proyecto de sectorización de los sujetos de control fiscal, el cual fue enviado por el Director de la Oficina de Planeación de la Contraloría General de la República, constituye el concepto previo a que alude la norma. Así pues, la decisión contenida en la Resolución 5282 de 2001 consistente en sectorizar los sujetos de control fiscal fue proferida en legal forma, ya que fue proferida en cumplimiento de los artículos 268 numeral 12 de la Constitución Política y 30 y 35 del Decreto 267 de 2000.

FUENTE FORMAL: CONSTITUCION POLITICA – ARTICULO 268 NUMERAL 12 / DECRETO 267 DE 2000 – ARTICULO 30 / DECRETO 267 DE 2000 – ARTICULO

35

NORMA DEMANDADA: RESOLUCION 5282 DE 2001 (20 DE NOVIEMBRE)

CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA (NO ANULADA)

CAJA DE CREDITO AGRARIO INDUSTRIAL Y MINERO - Creación.

Organización. Naturaleza jurídica / CAJA DE CREDITO AGRARIO INDUSTRIAL Y MINERO - Toma de posesión y liquidación / TOMA DE POSESION Y LIQUIDACION - Efectos legales / CAJA DE CREDITO AGRARIO INDUSTRIAL Y MINERO EN LIQUIDACION - Sus recursos son públicos / CAJA DE CREDITO AGRARIO INDUSTRIAL Y MINERO EN LIQUIDACION - Es sujeto de control fiscal / SUJETO DE CONTROL FISCAL - Lo es la Caja Agraria Industrial y Minera en liquidación / FUNCION DE CONTROL FISCALObjeto Corresponde a la Sala determinar en segundo lugar, si el acto acusado viola los artículos 291 numeral 2°; 295 numerales 4º y 10º; 296; 299 y 300 del Decreto 633 de 1993, pues el actor considera que el Contralor General de la República no debió incluir a la CAJA DE CRÉDITO AGRARIO, INDUSTRIAL Y MINERO EN LIQUIDACIÓN como sujeto pasivo de control fiscal, toda vez que la toma de posesión y liquidación de una entidad conlleva la separación de los administradores y del revisor fiscal y la extinción de la sociedad, lo que significa que los recursos que maneja no son públicos sino privados. (…) Ahora bien, la CAJA DE CRÉDITO AGRARIO, INDUSTRIAL Y MINERO fue creada por la Ley 57 de 1931 y organizada mediante los Decretos 1754 y 1998 de 1931 como una sociedad anónima de economía mixta, del orden nacional, perteneciente al sector agropecuario, vinculada al Ministerio de Agricultura, autorizada para desarrollar

operaciones propias de un establecimiento bancario y actividad aseguradora y como tal sometida a la Inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria. En virtud de la Resolución 1726 de 19 de noviembre de 1999, se dispuso la toma de posesión inmediata de los bienes y negocios de la CAJA DE CRÉDITO AGRARIO, INDUSTRIAL Y MINERO y su liquidación. En lo pertinente, los artículos 116 y 117 del E.O.S.F. previeron los efectos que produce la toma de posesión y la liquidación de una entidad. (…) Si bien es cierto que la decisión de liquidar la entidad implica la disolución de la misma, también lo es como aduce el Ministerio Público, que ésta no conlleva la extinción de la persona jurídica de la sociedad y por tanto su capacidad jurídica se conserva para los actos que conduzcan a la liquidación. Por lo anterior, el hecho de encontrarse la CAJA DE CRÉDITO AGRARIO INDUSTRIAL Y MINERO en liquidación, no significa que los recursos que dicha entidad maneja cambien de naturaleza, esto es de ser públicos a ser privados y mucho menos que por esta razón no pueda ser objeto de control fiscal por parte de la Contraloría General de la República. Como quedó visto, la función fiscalizadora desarrollada por la Contraloría General de la República tiene por objeto verificar el manejo adecuado de los recursos públicos, sean administrados por entidades públicas o privadas, incluidas aquellas que soportan procesos de liquidación como en el caso presente. Es decir, que el control fiscal cubre todos los sectores y actividades en los cuales se manejen bienes o recursos oficiales, sin que importe la naturaleza de la entidad o persona,

pública o privada, que realiza la función o tarea sobre el cual recae aquél, ni su régimen jurídico. o encuentra la Sala que el Contralor General de la República al incluir a la CAJA DE CREDITO AGRARIO INDUSTRIAL Y MINERO EN LIQUIDACIÓN como sujeto pasivo de control fiscal y asignarle su ejercicio a la Contraloría Delegada para el Sector Gestión Pública e Instituciones Financieras en el artículo 4º de la Resolución 5282 de 20 de noviembre de 2001, hubiera desconocido las normas aducidas como violadas en la demanda.

FUENTE FORMAL: LEY 57 DE 1931 / DECRETO 1754 DE 1931 / DECRETO

1998 DE 1931 / ESTATUTO ORGANICO DEL SISTEMA FINANCIERO –

ARTICULO 116 / ESTATUTO ORGANICO DEL SISTEMA FINANCIERO –

ARTICULO 117

NORMA DEMANDADA: RESOLUCION 5282 DE 2001 (20 DE NOVIEMBRE)

CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA (NO ANULADA)

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

Consejera ponente: MARIA CLAUDIA ROJAS LASSO

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de abril de dos mil diez (2010) Radicación número: 11001-03-24-000-2002-00444-01

Actor: CAMILO GUTIERREZ JARAMILLO Y MAURICIO FRANCO RODRIGUEZ

Demandado: CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA

Referencia: ACCION DE NULIDAD. ACUMULADO 11001-03-24-000-200400192-01

Se deciden en única instancia las acciones de nulidad interpuestas por los ciudadanos CAMILO GUTIÉRREZ JARAMILLO y MAURICIO FRANCO RODRÍGUEZ contra la Resolución Orgánica 05282 de 2001 (20 de noviembre)1, expedida por el Contralor General de la República.

I. LA DEMANDA 1.1. LA NORMA ACUSADA «RESOLUCIÓN 05282 DE 2001

(Noviembre 20) «Por la cual se establece la Sectorización de los Sujetos de Control Fiscal», EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y CONSIDERANDO: Que el Decreto Número 267 de febrero 22 de 2000 dicta normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República. Que en el Capítulo 11, artículo 90 del mismo Decreto se fijan los criterios para la organización de la Contraloría General de la República, entre los cuales se encuentra la especialización sectorial. Que en el Capítulo 11, artículo 110, ibídem se determina la organización de la Contraloría General de la República y en el nivel superior de dirección se establecen las Contralorías Delegadas para los Sectores de Agropecuario, Medio Ambiente, Defensa Justicia y Seguridad, Gestión Pública e Instituciones Financieras, Infraestructura Física y Telecomunicaciones Comercio Exterior y Desarrollo Regional, Social y Minas y Energía. Que el artículo 30 del mencionado Decreto establece que «para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones, facultades y actividades del control fiscal

señaladas en la Constitución, las leyes y las normas y para lograr un alto desarrollo del nivel técnico del ejercicio de las mismas, la Contraloría General de la República agrupará por sectores a los sujetos de control fiscal, de acuerdo con el ámbito en el cual desarrollen sus actividades de gestión pública, prestación de servicios, funciones administrativas o regulativas, producción de bienes o 1 «Por la cual se establece la Sectorización de los Sujetos de Control Fiscal» actividades comerciales, económicas y financieras». «Considerando los criterios de especialización sectorial, funcionalidad y simplificación, el Contralor General, previo concepto del Comité Directivo, podrá asignar y reasignar sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal a las Contralorías Delegadas, en cuyo caso éstas deberán responder por los resultados de la vigilancia de la gestión fiscal del respectivo sector en el que se hubiere asignado tales sujetos». Que en el panorama nacional se han presentado profundos cambios en la Estructura del Estado como la liquidación y consecuente desaparición de entidades públicas, el cambio del orden nacional al orden departamental, distrital o municipal de otras de ellas y el surgimiento de nuevas, por lo cual se hace necesario suprimir aquellas que ya no existen o que han cambiado de orden, agregar aquellas nuevas y reconocer el cambio de razón social de otras. Y que para tener un sólo instrumento de fácil manejo y aplicación se expide la presente ¡ resolución de sectorización de los sujetos de control. Que de acuerdo con el artículo 268, numeral 4 de la Constitución Política de Colombia, el Contralor General de la República podrá exigir informes sobre su gestión fiscal a los empleados oficiales de cualquier orden y a toda persona o

entidad pública o privada que administre fondos o bienes de la Nación. En mérito de lo expuesto.

RESUELVE: ARTICULO 1o. Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario, ejercer el control fiscal a las siguientes entidades:

Subsector Regulador de Políticas Ministerio de Agricultura y Desarrollo Bogotá Rural Subsector Desarrollo Agroindustrial Y Comercialización Agromontes de María SA Ovejas Agrozulia (En Liquidación) Cúcuta Bolsa Nacional Agropecuaria SABNA Bogotá Central de Abastos de Bucaramanga S.A.- Bucaramanga CENTROABASTOSCentral de Abastos de Cúcuta S.A.-CENABASTOSCúcuta Central de Abastos del Sur SA-SURABASTOS Neiva Comercializadora Agropecuaria Y Pesquera Ltda. Puerto Carreño COAGROPEZComercializadora Asogur Ltda. Urrao Comercializadora Caribbean Sesame SA Carmen de Bolívar Comercializadora Comulguali Ltda. Fresno Comercializadora de Carnes Solomos de Bucaramanga Bucaramanga SA -SOLOMOSSantander de Comercializadora de Productos Agrícolas del Cauca LtdaQuilichao

CORACAUCA

Compañía de Ferias y Mataderos del Caquetá SA - Florencia COFEMABucaramanga Compañía de Producción de Fomento de la TruchaPROTRUCHA- (En Liquidación) Palermo Compañía Occidental de Chocolates S.A. Cali Corporación de Abastecimientos del Valle del Cauca SACAVASABogotá Corporación de Abastos de Bogotá SA CORABASTOS Ibagué Corporación Forestal del Tolima San Marcos Empresa Agroindustrial de San Jorge Bogotá Empresa Colombiana de Productos Veterinarios S.A. - Tolú VECOL Campoalegre Empresa Colombiana Pesquera de Tolú SA - PESTOLUEmpresa Comercial Y Agroindustrial Llano Grande SAECOAGROPereira Bogotá Empresa Comercializadora Frutícula del Eje Cafetero SA -FRUCAFEEmpresa de Comercialización de Productos Bogotá Perecederos SA -EMCOPER- (En Liquidación) Empresa Promotora Y Comercializadora Mercado Justo Barrancabermeja por la Paz SA Medellín Fertilizantes Colombianos SA-FERTICOLSoledad Frutas del Trópico SA-FRUTROPICO- (En Liquidación) Lerida Gran Central de Abastos del Caribe SA – Montería GRANABASTOSValledupar Industrias Alimenticias de Lerida SA -IALASTuluá Lácteos Codelac SA Armenia Lácteos Coolesar SA(En Liquidación) Aguachica Lactovalle SA Barrancabermeja Mercados de Armenia –MERCARBogotá Pasteurizadora el Holandés SA Aquitania Piscícola San Silvestre Promotora de Empresas Agroexportadoras SAPROMAGROSociedad Productores de Cebolla Larga S.A. - PROCEL Subsector Investigación Desarrollo Y Transferencia de Tecnología Centro de Desarrollo Tecnológico de Sericultura –CDTSPereira Corporación Colombiana Internacional –C.C.I.- Bogotá Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria – Bogotá

CORPOICABogotá Incubadora Empresarial de Producción y Comercialización Agropecuaria –INCUAGROBogotá Instituto Colombiano Agropecuario –ICASubsector Fomento Y Desarrollo Agropecuario Asociación Colombiana de Porcicultores - A.C.P. -Fondo Bogotá Nacional de la Porcicultura Asociación de Cultivadores de Caña de Azúcar de Colombia - Cali ASOCAÑAFondo de Estabilización de Precios para los Bogotá Azúcares Centrifugados, las Melazas Derivadas de la Extracción o del Refinado del Azúcar y los Jarabes de Azúcar Asociación Hortifrutícola de Colombia, ASOHOFRUCOL -Fondo Bogotá Nacional de Fomento HortifrutícolaConfederación Colombiana del Algodón -CONALGODON -Fondo Bogotá de Estabilización de Precios de Productos Agropecuarios Y Pesqueros del Algodón. Confederación Colombiana del Algodón -CONALGODON -Fondo Cali de Fomento Algodonero Bogotá Cooperativa Agropecuaria de Ginebra - COAGRO -Fondo de Cali Fomento de Fríjol Soya Importado Cooperativa Agropecuaria de Ginebra - COAGRO -Fondo de Bogotá Fomento de Fríjol Soya Nacional Federación Colombiana de Ganaderos -FEDEGAN - Fondo de Bogotá Estabilización para el Fomento de Exportación de Carne, Leche y Bogotá sus Derivados Federación Colombiana de Ganaderos -FEDEGANFondo Bogotá Nacional del Ganado Federación Nacional de la Panela -FEDEPANELAFondo de Bogotá

Fomento Panelero. Federación Nacional de Arroceros -FEDEARROZFondo Bogotá Nacional del Arroz Federación Nacional de Avicultores de Colombia -FENAVIFondo Nacional Avícola Federación Nacional de Cacaoteros -FEDECACAOFondo Bogotá Nacional del Cacao Federación Nacional de Cultivadores de Cereales Y Bogotá Leguminosas - FENALCE - Fondo Importado de Leguminosas Federación Nacional de Cultivadores de Cereales y Leguminosas Bogotá - FENALCE - Fondo Importado de Cereales Federación Nacional de Cultivadores de Cereales Y Bogotá Leguminosas - FENALCE - Fondo Nacional Cerealista Federación Nacional de Cultivadores de Cereales Y Bogotá Leguminosas - FENALCE -Fondo Nacional de Leguminosas Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite - Bogotá FEDEPALMAFondo Cuota de Fomento sobre Importaciones de Aceite Crudo de Palma y Almendra de Palmiste Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite - Bogotá FEDEPALMAFondo de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones. Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite - Bogotá FEDEPALMAFondo de Fomento Palmero Federación Nacional de Productores de Tabaco -FEDETABACO San Gil -Fondo Nacional de TabacoFondo de Cofinanciación para la Inversión Rural -DRIBogotá Fondo Ganadero de Bolívar (En Liquidación) Cartagena Fondo Ganadero de Boyacá SA Tunja Fondo Ganadero de Caquetá Florencia

Fondo Ganadero de Córdoba Montería Fondo Ganadero de Cundinamarca Puerto Fondo Ganadero de Nariño S.A. (En Liquidación) Salgar Fondo Ganadero de Sucre Pasto Fondo Ganadero del Atlántico. Sincelejo Fondo Ganadero del Cauca S.A. Barranquilla Fondo Ganadero del Cesar Popayán Fondo Ganadero del Huila S.A. Valledupar Fondo Ganadero del Magdalena Neiva Fondo Ganadero del Meta SA Santa Marta Fondo Ganadero del Putumayo Villavicencio Fondo Ganadero del Quindío SA Mocoa Fondo Ganadero del Tolima SA Armenia Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORAIbagué Instituto Nacional de Adecuación de Tierras –INATBogotá Instituto Nacional de Pesca Y Acuicultura -INPABogotá Bogotá ARTICULO 2o. Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Medio Ambiente, ejercer el control fiscal a las siguientes entidades: Subsector Regulador de Políticas Ministerio del Medio Ambiente Bogotá Unidad Administrativa Especial de sistema de Parques Nacionales Bogotá Subsector Autoridades Ambientales Regionales Corporación Autónoma Regional de Sucre -CARSUCRE Sincelejo Corporación Autónoma Regional de Boyacá - CORPOBOYACATunja Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - Cúcuta CORPONORCorporación Autónoma Regional de la Guajira -CORPOGUAJIRARiohacha Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía – Yopal

CORPORINOQUIA Pasto

Corporación Autónoma Regional de Nariño –CORPONARIÑOPereira

Corporación Autónoma Regional de Risaralda – CARDERBarranquill Corporación Autónoma Regional del Atlántico –CRAa Corporación Autónoma Regional del Cesar –CORPOCESARValledupar Corporación Autónoma Regional del Magdalena –CORPAMAGSanta Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar –CSBMarta Corporación Autónoma Regional del Tolima –CORTOLIMAMagangué Corporación Autónoma Regional de Caldas –CORPOCALDASIbagué Corporación Autónoma Regional de Chivor –CORPOCHIVORManizales Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca –CARGaragóa Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Bogotá Rionegro y Nare –CORNARESantuario Corporación Autónoma Regional de los Valles Del Sinú y San Jorge –CVSMontería Corporación Autónoma Regional de Santander –C.A.S.- Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena –CAMSan Gil Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique – Neiva CARDIQUE Cartagena Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia – Medellín CORANTIOQUIACorporación Autónoma Regional del Quindío –CRQArmenia Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena Barranca/ –CORMAGDALENAmeja Corporación Autónoma Regional del Cauca –CRCCorporación Autónoma Regional del Guavio –CORPOGUAVIOPopayán Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca –C.V.C.- Gachalá Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible la Cali

Mojana y el San Jorge -CORPOMOJANASan Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Marcos – Bucaramanga - C.D.M.B.- Sucre Corporación Nacional para el Desarrollo Sostenible del Chocó - Bucaraman CODECHOCOga Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina -CORALlNAQuibdó Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial de la Macarena - CORMACARENASan Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Andrés Amazónico -C.D.ACorporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía Villavicenci - CORPOAMAZONIA - o Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá - CORPOURABAPuerto Inírida Mocoa Apartadó Subsector Investigaciones Científicas Ambientales Institituto (SIC) de Investigaciones de Recursos Biológicos Bogotá

ALEXANDER VON HUMBOLDT

Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas .SINCHILeticia Instituto de Hidrología Meteorología y Estudios Ambientales – Bogotá IDEAMQuibdó Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico John Von Santa Newman Marta Instituto de Investigaciones Marinas Y Costeras José Benito Vives de Andreis -INVEMARSubsector Fomento Y Financiación al Desarrollo Ambiental Fondo de Compensación Ambiental Fondo Nacional AmbientalBogotá FONAMFondo Nacional Ambiental –FONAMBogotá ARTICULO 3o. Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Defensa,

Justicia y Seguridad, ejercer el control fiscal a las siguientes entidades: Subsector Defensa Armada Nacional Bogotá Caja de Retiro de las Fuerzas Militares Bogotá Club Militar de Oficiales Bogotá Comisión Nacional del Océano Bogotá Consejo Profesional Nacional de Ingeniería Naval Y Profesiones Bogotá Afines -CONINPACorporación de Ciencia Y Tecnología para el Desarrollo de la Bogotá Industria Naval, Marítima y Fluvial-COTECMAR Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana -CIACBogotá Dirección de Sanidad de las Fuerzas Militares Bogotá Dirección General Marítima Bogotá Ejército Nacional Bogotá El Gavilán SA Bogotá Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Bogotá Fondo Rotatorio de la Armada Nacional Bogotá Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea Colombiana Fondo Rotatorio Bogotá del Ejército Fuerza Aérea Colombiana Bogotá Hospital Militar Bogotá Industria Militar -INDUMILBogotá Ministerio de Defensa Nacional Comando General de las Fuerzas Bogotá Militares Ministerio de Defensa Nacional Gestión General Bogotá Subsector Justicia Auditoría General de la República Defensoría del Pueblo Bogotá Dirección Nacional de Estupefacientes -DNEBogotá Fiscalía General de la Nación Bogotá Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses Bogotá Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario –INPECBogotá Ministerio de Justicia y del Derecho Bogotá Procuraduría General de la Nación - Ministerio Público Bogotá

Rama Judicial Bogotá Renacimiento SA (En liquidación) Bogotá Subsector Seguridad Caja de Sueldos de Retiro de la policía Nacional Comisionado Bogotá Nacional para la Policía Departamento Administrativo de Seguridad - Bogotá DAS Bogotá Fondo Rotatorio de la Policía Nacional Bogotá Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad Bogotá Policía Nacional Bogotá Superintendencia de Vigilancia Y Seguridad Privada Bogotá ARTICULO 4o. Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Gestión pública e Instituciones Financieras, ejercer el control fiscal a las siguientes entidades: Subsector Hacienda Agencia Colombiana de Cooperación Internacional Bogotá Departamento Administrativo Nacional de Planeación Bogotá Departamento Administrativo Nacional de Estadística –DANEBogotá Federación Nacional de Cafeteros – Fondo Nacional del Café Bogotá Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil Bogotá Fondo Rotatorio del Dane –FONDANEBogotá Imprenta Nacional de Colombia Bogotá Ministerio de Hacienda y Crédito Público Bogotá Registraduría Nacional del Estado Civil Bogotá Superintendencia de Notariado y Registro Bogotá Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación. Bogotá Sector Gobierno Archivo General de la Nación Bogotá Departamento Administrativo de la Función pública -DAFPBogotá Departamento Administrativo de la Presidencia de la República Bogotá Dirección Nacional del Derecho de Autor Bogotá Fondo para la Participación Ciudadana Y el Fortalecimiento Bogotá Democrático Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores Bogotá

Ministerio de Relaciones Exteriores Bogotá Ministerio del Interior Bogotá Subsector Financiero Almacén General de Depósito S.A. --ALPOPULARBogotá Almacenes Generales de Depósito de la Caja Agraria y el Banco Bogotá GanaderoALMAGRARIOBanco Agrario de Colombia SA Bogotá Banco Cafetero -BANCAFEBogotá Banco Central Hipotecario SA (en liquidación) Bogotá Banco de Comercio Exterior de Colombia-BANCOLDEXBogotá Banco de la República Bogotá Banco del Estado -BANESTADO- (En Liquidación) Bogotá Banco Popular Bogotá Caja de Crédito Agrario Industrial Minero (En Liquidación) Bogotá Central de Inversiones S.A - CISA SA - Bogotá Colombiana de Valores SA (En Liquidación) Cali Compañía de Financiamiento Comercial COFINPRO S.A. Bogotá Compañía de Financiamiento -FESCali Compañía de Seguros la Previsora SA Bogotá Corporación Financiera del Café SA -CORFICAFEManizales Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria - Bogotá DANSOCIALDepósito Ce

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