🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE-11001-03-24-000-2003-00234-01A-2010

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE-11001-03-24-000-2003-00234-01A-2010
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2010

IMPEDIMENTO DE CONSEJERO DE ESTADO – Por amistad íntima con el representante legal de la parte actora Como el hecho manifestado por la mencionada Consejera está erigido como causal de impedimento en la disposición antes mencionada, debe la Sala aceptárselo y separarla del conocimiento del presente proceso.

FUENTE FORMAL: CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL – ARTÍCULO 150 –

NUMERAL 9

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

Consejero ponente: MARCO ANTONIO VELILLA MORENO

Bogotá, D.C., doce (12) de agosto de dos mil diez (2010) Radicación número: 11001-03-24-000-2003-00234-01

Actor: TRANSPACK LTDA Demandado: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO La señora Consejera de Estado, doctora MARÍA CLAUDIA ROJAS LASSO, en escrito obrante a folio 421 del expediente, manifiesta que se declara impedida para participar y proyectar la decisión del proceso de la referencia, toda vez que existe una entrañable amistad con el representante legal de la parte actora, por lo que considera que se encuentra incursa en la causal de impedimento consagrada en el numeral 9, del artículo 150, del C. de P.C.

Como el hecho manifestado por la mencionada Consejera está erigido como causal de impedimento en la disposición antes mencionada, debe la Sala aceptárselo y separarla del conocimiento del presente proceso. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso

Administrativo, Sección Primera, R E S U E L V E : 1-. Acéptase el impedimento manifestado por la señora Consejera doctora MARÍA CLAUDIA ROJAS LASSO, para intervenir en el proceso de la referencia. 2-. Como consecuencia de la declaración anterior, sepárese del conocimiento del mismo a la mencionada Consejera de Estado. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Se deja constancia de que la anterior providencia fue leída, discutida y aprobada por la Sala en la sesión del día 12 de agosto de 2010.

RAFAEL E. OSTAU DE LAFONT PIANETA MARCO ANTONIO VELILLA MORENO

Presidente

JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO MANUEL S. URUETA AYOLA

Conjuez (ausente) Conjuez

Consultar sobre este documento ...