CE-11001-03-24-000-2003-00234-01A-2010
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-11001-03-24-000-2003-00234-01A-2010
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2010
IMPEDIMENTO DE CONSEJERO DE ESTADO – Por amistad íntima con el representante legal de la parte actora Como el hecho manifestado por la mencionada Consejera está erigido como causal de impedimento en la disposición antes mencionada, debe la Sala aceptárselo y separarla del conocimiento del presente proceso.
FUENTE FORMAL: CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL – ARTÍCULO 150 –
NUMERAL 9
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
Consejero ponente: MARCO ANTONIO VELILLA MORENO
Bogotá, D.C., doce (12) de agosto de dos mil diez (2010) Radicación número: 11001-03-24-000-2003-00234-01
Actor: TRANSPACK LTDA Demandado: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO La señora Consejera de Estado, doctora MARÍA CLAUDIA ROJAS LASSO, en escrito obrante a folio 421 del expediente, manifiesta que se declara impedida para participar y proyectar la decisión del proceso de la referencia, toda vez que existe una entrañable amistad con el representante legal de la parte actora, por lo que considera que se encuentra incursa en la causal de impedimento consagrada en el numeral 9, del artículo 150, del C. de P.C.
Como el hecho manifestado por la mencionada Consejera está erigido como causal de impedimento en la disposición antes mencionada, debe la Sala aceptárselo y separarla del conocimiento del presente proceso. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, R E S U E L V E : 1-. Acéptase el impedimento manifestado por la señora Consejera doctora MARÍA CLAUDIA ROJAS LASSO, para intervenir en el proceso de la referencia. 2-. Como consecuencia de la declaración anterior, sepárese del conocimiento del mismo a la mencionada Consejera de Estado. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Se deja constancia de que la anterior providencia fue leída, discutida y aprobada por la Sala en la sesión del día 12 de agosto de 2010.
RAFAEL E. OSTAU DE LAFONT PIANETA MARCO ANTONIO VELILLA MORENO
Presidente
JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO MANUEL S. URUETA AYOLA
Conjuez (ausente) Conjuez