🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE-11001-33-31-001-2009-00096-01(AG)REV-2018

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE-11001-33-31-001-2009-00096-01(AG)REV-2018
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2018

SOLICITUD DE CORRECCIÓN DE SENTENCIA - Se accede / CORRECCIÓN DEL NOMBRE DE LA PARTE ACTORA El artículo 286 del CGP establece que toda providencia en que se haya incurrido en un error por omisión o cambio de palabra o alteración de estas, siempre que estén contenidos en la parte resolutiva o influyan en ella, es corregible por el juez que la dictó, en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte. En la sentencia, por error, se señaló como demandante a [H.V] cuando en realidad era [H.W.N.T]. Como dicho yerro, aunque no integra la parte resolutiva de la sentencia, sí influye en ella, la Sala accederá a la corrección.

FUENTE FORMAL: CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 286

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN C

Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE

Bogotá, D.C., ocho (8) de marzo de dos mil dieciocho (2018) Radicación número: 11001-33-31-001-2009-00096-01(AG)REV

Actor: HÉCTOR WILLIAM NEVA TAUTIVA Y OTROS

Demandado: BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL Referencia: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN La Sala procede a resolver la solicitud de corrección de la sentencia de 30 de octubre de 2017.

CONSIDERACIONES

1. El artículo 286 del CGP establece que toda providencia en que se haya incurrido en un error por omisión o cambio de palabra o alteración de estas,

siempre que estén contenidos en la parte resolutiva o influyan en ella, es corregible por el juez que la dictó, en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte.

2. En la sentencia, por error, se señaló como demandante a Héctor Villamil cuando en realidad era Héctor William Neva Tautiva. Como dicho yerro, aunque no integra la parte resolutiva de la sentencia, sí influye en ella, la Sala accederá a la corrección.

Por lo expuesto, el Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C, RESUELVE CORRÍGESE la sentencia de 30 de octubre de 2017, en el sentido de señalar que el demandante es Héctor William Neva Tautiva.

CÓPIESE, NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y DEVUÉLVASE

JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA Presidente de la Sala

JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS

GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE

Consultar sobre este documento ...