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Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202109703001AUTOQUEADMITE20220513164348
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

Radicado: 11001-03-15-000-2021-09703-00

Demandante: JUAN CARLOS RODRÍGUEZ DELGADO Y

OTROS

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

CONSEJERA PONENTE: STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO

Bogotá D.C., doce (12) de mayo de dos mil veintidós (2022)

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2021-09703-00

Demandante: JUAN CARLOS RODRÍGUEZ DELGADO Y OTROS

Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA - SALA PRIMERA

DE ORALIDAD

AUTO ADMITE TUTELA

Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo e stablecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 20001, se dispone:

PRIMERO.- ADMÍTASE la acción de tutela interpuesta , mediante apoderado, por los señores Juan Carlos Rodríguez Delgado, quien a su vez actúa en representación del menor Christian David Rodríguez Benitez ; María José Rodríguez Castañeda, Johan Camilo Rodríguez Garzón, Elvira Delgado de Rodríguez, Blanca Rocío Rodríguez Delgado, María del Pilar Rodríguez Delgado, Claudia Inés Rodríguez Delgado, Nubia

Camilo Rodríguez Garzón, Elvira Delgado de Rodríguez, Blanca Rocío Rodríguez Delgado, María del Pilar Rodríguez Delgado, Claudia Inés Rodríguez Delgado, Nubia Consuelo Rodríguez Delgado y Sandra Bibiana Rodríguez Delgado , contra el Tribunal Administrativo de Antioquia - Sala Primera de Oralidad.

SEGUNDO.- NOTIFÍQUESE2 el presente auto a la parte demandante, a la autoridad judicial demandad a, así como al Juzgado Veintisiete Administrativo del Circuito de Medellín, a la Nación - Rama Judicial y a la Fiscalía General de la Nación , como terceros interesados en el resultado del proceso, a quienes se les remitirá copia de la solicitud de amparo, a través de los diferentes medios virtuales que es tén a disposición de la Secretaría General del Consejo de Estado. Así mismo, PUBLÍQUESE esta providencia en la página web del Consejo de Estado para el conocimiento de todos los terceros interesados.

TERCERO.- NOTIFÍQUESE3 a la Agencia Nacional de Defen sa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso, a quien se le remitirá copia de la acción de tutela, a través de los diferentes medios virtuales que estén a disposición de la Secretaría General del Consejo de Estado.

1 En concordancia con: Artículo 2.2.3.1.2.1 Repa rto de la acción de tutela, Sección 2 Reglas para el reparto de la acción de tutela, Capítulo 1 De la acción de tutela, Título 3 Promoción de la justicia, Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021.

tutela, Capítulo 1 De la acción de tutela, Título 3 Promoción de la justicia, Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021. 2 En concordancia con: Artículo 2.2.1.1. 1.4 De la notificación de las providencias a las partes, Sección 1 Aspectos generales, Capítulo 1 de la acción de tutela, Título 3 Promoción de la justicia, Decreto 1069 de 2015. 3 En concordancia con: Artículo 2.2.3.2.3 Notificación de autos admisorios y de mandamiento de pago a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Capítulo 2 Intervención discrecional de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Título 3 Promoción de la Justicia, Decreto 1069 de 2015.Radicado: 11001-03-15-000-2021-09703-00

Demandante: JUAN CARLOS RODRÍGUEZ DELGADO Y

OTROS

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CUARTO.- INFÓRMESE a la autoridad judicial demandada y a los terceros interesados que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, pueden rendir informe sobre los hechos y las pretensiones objeto de la presente acción.

QUINTO.- OFÍCIESE al Tribunal Administrativo de Antioquia - Sala Primera de Oralidad y al Juzgado Veintisiete Administrativo del Circuito de Medellín, en el evento de que el expediente haya sido devuelto , para que allegue copia digitalizada del

QUINTO.- OFÍCIESE al Tribunal Administrativo de Antioquia - Sala Primera de Oralidad y al Juzgado Veintisiete Administrativo del Circuito de Medellín, en el evento de que el expediente haya sido devuelto , para que allegue copia digitalizada del proceso No. 05001-33-33-027-2013-00445-02, demandante: Juan Carlos Rodríguez Delgado y otros.

SEXTO.- RECONÓCESE personería al abogado Javier Leonidas Villegas Posada, como apoderado de los señores Juan Carlos Rodríguez Delgado, quien a su vez actúa en representación del menor Christian David Rodríguez Benitez; María José Rodríguez Castañeda, Johan Camilo Rodríguez Garzón, Elvira Delgado de Rodríguez, Blanca Rocío Rodríguez Delgado, María del Pilar Rodríguez Delgado, Claudia Inés Rodríguez Delgado, Nubia Consuelo Rodr íguez Delgado y Sandra Bibiana Rodríguez Delgado, de conformidad con los poderes aportados en medio magnético.

Notifíquese y cúmplase.

(Firmado electrónicamente)

STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO

Consejera

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