CE - 110010315000202110931001AUTOQUEADMITE20220317142409
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202110931001AUTOQUEADMITE20220317142409
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN “A”
Consejero Ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Bogotá D.C., cuatro (4) de marzo de dos mil veint idós (202 2)
Radica do: 11001 -03-15-000-2021-10931 -00
Accionante: ULISES AVENDAÑO GUZMÁN
Accionado s: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL TOLIMA Y OTRO
Acción de tutela – auto que admite
Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por el señor Ulises Avendaño Guzmán, quien actúa en nombre propio, contra el Juzgado Once Administrativo del Circuito de Ibagué y el Tribunal Administrativo del Tolima, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y de acceso a la administración de justicia, con ocasión a la expedición de la s providencias del 28 de febrero de 2019 y del 13 de mayo de 2021 , respectivamente, dentro del medio de control de reparación directa con radicado 73001-33-33752-2015-00128-00/01.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE al Juzgado Once Administrativo del Circuito de Ibagué y al Tribunal Administrativo del Tolima como accionados y a la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial , a la Fiscalía General de la Nación , a la señora Claudia Lorena Betancourt Suárez y a los demás intervinientes en el medio de control de reparación directa cuestionado como terceros interesados en las
Fiscalía General de la Nación , a la señora Claudia Lorena Betancourt Suárez y a los demás intervinientes en el medio de control de reparación directa cuestionado como terceros interesados en las resultas de este proceso . Para efectos de notificar a esta últimaACC IÓN DE TUT EL A Radicado: 11001 -03 -15 -000 -20 21-10931 -00
Dem andante: Ulises Avendaño Guzmán
w w w . c o n s e j o d e e s t a d o . g o v . c o Calle 12 No. 7 –65 – Tel: ( 60 1) 350 -6700 Bogotá D.C. – Colombia
2 COMISIÓNASE al Juzgado Once Administrativo del Circuito de Ibagué. LÍBRESE EL DESPACHO COMISORIO con los insertos en el caso.
Asimismo, NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso.
REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia.
REQUIÉRASE al Juzgado Once Administrativo del Circuito de Ibagué para que allegue en medio magnético, copia del expediente del medio de control de reparación directa con radicado 73001-33-33-752-201500128-00/01, donde figura como demandante el señor Ulises Avendaño Guzmán.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Firmado Electrónicamente