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CE - 110010315000202110936001ACLARACIONDEV20220328150627

Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202110936001ACLARACIONDEV20220328150627
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Magistrado ponente: Alberto Montaña Plata

Bogotá D. C., catorce (14) de febrero de dos mil veintidós (2022) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2021-10936-00

Accionante: Samuel Pirachican Camacho Accionado: Tribunal Administrativo de Boyacá y otro Tema: Tutela contra providencia judicial / Se cumple el requisito de la relevancia constitucional; se debe negar el amparo.

Aclaración de voto del magistrado Martín Bermúdez Muñoz No comparto la decisión de declarar la improcedencia de la acción de tutela por falta de relevancia constitucional por considerar que el accionante pretendió someter su pleito a una instancia adicional. 1.- En mi concepto, el hecho de que se hubiesen planteado argumentos que fueron discutidos en el proceso ordinario no configura la falta de relevancia constitucional, pues puede ocurrir que en el debate resuelto por el juez ordinario se hubiese incurrido en alguna de las causales específicas de procedencia de la acción de tutela contr a providencia judicial. 2.- Considero que no se configuraron los defectos alegados, y por ello el amparo debió negarse. Fecha ut supra. Con firma electrónica

MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Magistrado

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