CE - 110010315000202201335001AUTOQUEADMITE20220315160816
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202201335001AUTOQUEADMITE20220315160816
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 11001-03-15-000-2022-01335-00
Demandante: Constanza Judith Alfonsina Turbay Cote.
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador
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CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA
Bogotá D.C., quince (15) de marzo de dos mil veintidós (2022)
Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-01335-00
Demandante: CONSTANZA JUDITH ALFONSINA TURBAY COTE
Demandado: CONSEJO DE ESTADO –SECCIÓN TERCERA-SUBSECCIÓN AAUTO – ADMITE
Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone:
1. Admitir la demanda interpuesta, mediante apoderado, por la señora Constanza Judith Alfonsina Turbay Cote contra el Consejo de Estado –Sección TerceraSubsección A.
2. Notificar el presente auto a la demandante, al demandado, al Tribunal
Judith Alfonsina Turbay Cote contra el Consejo de Estado –Sección TerceraSubsección A.
2. Notificar el presente auto a la demandante, al demandado, al Tribunal Administrativo del Caquetá, a la Nación –Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repúblicay el –Ministerio de Defensa Nacional-, como terceros interesados en el resultado del proceso a quienes se les remitirá copia de la demanda. Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados .
3. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso. La notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón , de manera que no se enviará documento alguno en papel. Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo.
4. Informar al demandado y a los terceros con interés que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción . Los escritos se pueden presentar al correo
secgeneral@consejodeestado.gov.co
5. Oficiar al Tribunal Administrativo del Caquetá, para que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente auto, allegue copia a través de medio magnético , del proceso de reparación directa con radicado 18001-23-31-000-2004-00102-00, demandante: Constanza Judith Alfonsina Turbay Cote. Al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co
6. Requerir a la parte accionante para que allegue todas las piezas procesales
18001-23-31-000-2004-00102-00, demandante: Constanza Judith Alfonsina Turbay Cote. Al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co
6. Requerir a la parte accionante para que allegue todas las piezas procesales que sustenten su petición al correo: secgeneral@consejodeestado.gov.coRadicado: 11001-03-15-000-2022-01335-00
Demandante: Constanza Judith Alfonsina Turbay Cote.
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador
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7. Suspender los términos de la presente acción de tutela has ta que se allegue copia del expediente solicitado.
8. Reconocer personería a l abogado Didier Edwin Arias Gutiérrez, como apoderado de la actora, conforme al poder allegado.
Notifíquese y cúmplase,
(Con firma electrónica)