CE - 110010315000202201515001AUTOQUEADMITE20220323094938
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202201515001AUTOQUEADMITE20220323094938
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
w w w . c o n s e j o d e e s t a d o . g o v . c o Calle 12 No. 7 –65 – Tel: ( 60 1) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A
CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Bogotá D.C., once (11) de marzo de dos mil veintidós (2022).
Referencia: ACCIÓN DE TUTELA
Radicado: 11001-03-15-000-2022-01515-00
Accionante: IRMA ALEXANDRA CÁRDENAS CASTAÑEDA
Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL MAGDALENA –
SALA DE CONJUECES
AUTO ADMISORIO
Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por la Irma Alexandra Cárdenas Castañeda, a través de apoderado, en contra de l Tribunal Administrativo del Magdalena – Sala de Conjueces, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso efectivo a la administración de justicia, ocurrida con ocasión de la presunta mora judicial en la que se ha incurrido en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicados 47001-33-33-005-2012-00161-00 y 4700123-33-000-2013-0033501 1.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE a la Sala de Conjueces del Tribunal Administrativo del Magdalena, como accionado, y a la Nación – Rama Judicial, como
01 1.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE a la Sala de Conjueces del Tribunal Administrativo del Magdalena, como accionado, y a la Nación – Rama Judicial, como tercero interesado en las resultas del proceso. Asimismo,
1 La parte accionante señala que al proceso le han asignado dos radicados.AC CI ÓN DE TUTE L A Radicado: 110010315000 -2022-0155100
Accionante: Teresa Sanguino de Quintero
w w w . c o n s e j o d e e s t a d o . g o v . c o Calle 12 No. 7 –65 – Tel: ( 60 1) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso.
REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia.
REQUIÉRASE al Tribunal Administrativo del Magdalena para que allegue, en medio magnético, los expedientes 47001-33-33-0052012-00161-00 y 4700123-33-000-2013-00335-01, donde figura como demandante la señora Irma Alexandra Cárdenas Castañeda.
Se RECONOCE PERSONERÍA al abogado Rosember Rivadeneira Bermúdez, identificado con tarjeta profesional No. 126.836 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte
Se RECONOCE PERSONERÍA al abogado Rosember Rivadeneira Bermúdez, identificado con tarjeta profesional No. 126.836 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte demandante, en los términos y para los fines conferidos en el poder general obrante en el expediente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Consejero de Estado