CE - 110010315000202201670001AUTOQUEADMITE20220331160928
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202201670001AUTOQUEADMITE20220331160928
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de marzo de dos mil veintidós (2022)
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-01670-00
Referencia: Acción de tutela
Actor: ÁLVARO BERBESI MARULANDA
Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por el señor ÁLVARO BERBESI MARULANDA actuando como
representante de la JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DEL BARRIO GIRARDOT2 contra el JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA y el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, al haber proferido , respectivamente, las providencias de 16 de julio de 2020 , 4 de febrero , y 24 de septiembre de 2021, dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 2020-00051-01.
1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Municipio de Bucaramanga.2
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-01670-00
Actor: ÁLVARO BERBESI MARULANDA
Política". 2 Municipio de Bucaramanga.2
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-01670-00
Actor: ÁLVARO BERBESI MARULANDA
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
En consecuencia, se dispone:
a): Notifíquese a l señor Juez Doce Administrativo del Circuito de Bucaramanga y a los magistrados del Tribunal Administrativo de Santander. Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de e sta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co
b): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en derecho, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela.
c): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlese y notifíquese al MUNICIPIO DE BUCARAMANGA - INSPECCIÓN DE POLICÍA DE DESCONGESTIÓN II , parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción. Remítaseles copia de la solicitud de tutela a l señor Alcalde de Bucaramanga y al Inspector de Policía de Descongestion II de dicho ente territorial, para que si a bien lo tiene n rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la3
Inspector de Policía de Descongestion II de dicho ente territorial, para que si a bien lo tiene n rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la3
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-01670-00
Actor: ÁLVARO BERBESI MARULANDA
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
(Firmado electrónicamente)
NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN
Consejera