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CE - 110010315000202201734001AUTOQUEADMITE20220328100850

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202201734001AUTOQUEADMITE20220328100850
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A

Consejero Ponente: José Roberto Sáchica Méndez

Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintidós (2022)

Radicación: 11001-03-15-000-2022-01734-00

Accionante: Juan Pablo Villada Vargas Accionado: Consejo Superior de la Judicatura – Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia Referencia: Acción de tutela – Admisión

Juan Pablo Villada Vargas, interpuso demanda de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura – Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia, con el fin de que se le protejan sus derechos fundamentales al trabajo y a la libertad de profesión, presuntamente vulnerados, tod a vez que la accionada no ha contestado la solicitud que elevó el 25 de enero de 2022, relacionada con la expedición de su tarjeta profesional.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

PRIMERO: ADMITIR la demanda.

SEGUNDO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión al Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada a la dirección de correo electrónico reportada en su página web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta

de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada a la dirección de correo electrónico reportada en su página web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que en el término de dos (2) días, rinda inform e sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo.

CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión al demandante a la dirección de correo electrónico reportada (juanpavillaada@gmail.com).

QUINTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera procedente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE,

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1

JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ

CC/ XO

1Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.

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