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CE - 110010315000202201747001AUTOQUEADMITE20220322152534

Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202201747001AUTOQUEADMITE20220322152534
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001-03-15-000-2022-01747-00

Demandante: Abraham Bustillo Naranjo.

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador

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CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA

Bogotá D.C., veintidós (22) de marzo de dos mil veintidós (2022)

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-01747-00

Demandante: ABRAHAM BUSTILLO NARANJO

Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL ATLÁNTICO

AUTO – ADMITE

Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone:

1. Admitir la demanda interpuesta , mediante apoderado , por el señor Abraham

Bustillo Naranjo contra el Tribunal Administrativo del Atlántico.

2. Notificar el presente auto a l demandante, al demandado, al Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Barranquilla y a la Registraduría Nacional del Estado Civil, como terceros interesados en el resultado del proceso a quienes se les

2. Notificar el presente auto a l demandante, al demandado, al Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Barranquilla y a la Registraduría Nacional del Estado Civil, como terceros interesados en el resultado del proceso a quienes se les remitirá copia de la demanda. Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados.

3. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso. La notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón , de manera que no se enviará documento alguno en papel. Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo.

4. Informar al demandado y al tercero con interés que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción . Los escritos se pueden presentar al correo

secgeneral@consejodeestado.gov.co

5. Oficiar al Tribunal Administrativo de l Atlántico, para que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente auto, allegue copia a través de medio magnético , de l proceso de nulidad electoral con radicado 08001-33-33-004-2020-00145-01, demandante: Abraham Bustillos Naranjo. Al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co

6. Requerir a la parte accionante para que allegue todas las piezas procesales que sustenten su petición al correo: secgeneral@consejodeestado.gov.coRadicado: 11001-03-15-000-2022-01747-00

Demandante: Abraham Bustillo Naranjo.

que sustenten su petición al correo: secgeneral@consejodeestado.gov.coRadicado: 11001-03-15-000-2022-01747-00

Demandante: Abraham Bustillo Naranjo.

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador

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7. Suspender los términos de la presente acción de tutela has ta que se allegue copia del expediente solicitado.

8. Reconocer personería al abogado Idelfonso González Gómez, como apoderado del actor, conforme al poder allegado.

Notifíquese y cúmplase,

(Con firma electrónica)

MILTON CHAVES GARCÍA

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