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CE - 110010315000202201791011AUTOQUEABREU20220713090850

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202201791011AUTOQUEABREU20220713090850
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001 -03 -15 -000 -20 22-01791 -01

Accionante : Alcira Leonor Tarifa Avend año

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA-SUBSECCIÓN A

MAGISTRADO PONENTE: WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ

Bogotá D.C., trece (13) de julio de dos mil veintidós (2022)

I.T: 65

REFERENCIA: ACCIÓN DE TUTELA RADICACIÓN: 11001-03-15-000-2022-01791-01

ACCIONANTE: ALCIRA LEONOR TARIFA AVENDAÑO

ACCIONADO: CONSEJO DE ESTADO, SALA DE CONSULTA Y SERVICIO

CIVIL, Y OTROS

AUTO QUE ORDENA ABRIR INCIDENTE DE DESACATO

Se encuentra a despacho el expedient e de la referencia para decidir so bre la apertura del incidente de desacato formulado por la accionante , por el presunto incumplimiento de la orden impartida por esta Subsección, en el fallo de tutela del 28 de abril de 202 2, mediante la cual se amparó su derecho fundamental al debido proce so y se ordenó a la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la ejecutoria de ese proveído, remitiera a EMPOCESAR Ltda. en liquidación o a la entidad a la que conside rara competente, la solicitud elevada por la

de la ejecutoria de ese proveído, remitiera a EMPOCESAR Ltda. en liquidación o a la entidad a la que conside rara competente, la solicitud elevada por la accionante, relacionad a con la inclusión en nómina y el pago de la pensión especial reconocida a su favor , para que fuera decidida o , en caso de que existiera, fuera declarado el respectivo conflicto negativo de competencia administrativa.

Al respecto, se advierte que el 28 de junio del año en curso se requirió a Colpensiones, con el prop ósito de que informara quién es el funcionario encargado de dar cumplimiento a la orden enunciada. En observancia de lo anterior, el 5 de julio de igual anualidad, la señora Malky Katrina Ferro Ahcar , en calidad de directora de Acciones Constitucionales, expuso que el área encargada de acatar aquella es la Dirección de N ómina de Pensionad os, la cual se encuentra representada por la señora Doris Patarroyo Patarroyo.

Por consiguiente, se abrirá el incidente de desacato en contra de la señora Doris Patarroyo Patarroyo , en su condición de directora de Nómina de Pensionado s, para que, dentro de los tres (3) días siguientes a la no tificación de la presente providencia, señale los argumentos que considere pertinentes y aporte o solicite las pruebas que pretenda hacer valer.Radicado: 11001 -03 -15 -000 -20 22-01791 -01

Accionante : Alcira Leonor Tarifa Avend año

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

En mérito de lo expuesto, se

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

En mérito de lo expuesto, se

RESUELVE

Primero: Dar apertura al incidente de desacato en contra de la señora Doris Patarroyo Patarroyo, en calidad de directora de Nómina de Pensionados. Tendrá tres (3) días para señalar los argumentos qu e considere pertinentes y aporte o solicite las pruebas que pretenda hacer valer.

Segundo: Notificar por el medio más expedito y eficaz el contenido de esta providencia a los sujetos procesales.

Tercero: Registrar la presente providencia en el aplicativo web “SAMAI”.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ Firma electrónica

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