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CE - 110010315000202201805001AUTOQUEADMITE20220325092901

Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202201805001AUTOQUEADMITE20220325092901
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

Consejera Ponente: Marta Nubia Velásquez Rico

Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintidós (2022)

Radicación: 110010315000202201805 00

Accionante: Carolina Andrea Córdoba Pacheco Accionado: Consejo Superior de la Judicatura y otro Referencia: Acción de tutela – Admite

Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:

PRIMERO: ADMITIR la demanda presentada por la señora Carolina Andrea Córdoba Pacheco, para la protección de sus derechos fundamentales a la igualdad, a la salud y a la dignidad humana, supuestamente vulnerados por el presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Jorge Luis Trujillo Alfaro, y el director ejecutivo seccional de administración judicial de Barranquilla, Carlos Hernando Guzmán

Herrera.

SEGUNDO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá copia de la demanda junto con su s anexos, así como de esta providencia , para que, en el término de dos (2) días, la parte accionada, señores Jorge Luis Trujillo Alfaro y Carlos Hernando Guzmán Herrera, rinda informe sobre los hechos objeto del presente asunto.

CUARTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa

parte accionada, señores Jorge Luis Trujillo Alfaro y Carlos Hernando Guzmán Herrera, rinda informe sobre los hechos objeto del presente asunto.

CUARTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que, si lo considera procedente dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.Radicación: 110010315000202201805 00

Accionante: Carolina Andrea Córdoba Pacheco Accionado: Consejo Superior de la Judicatura y otro Referencia: Acción de tutela – Admite

2

QUINTO: RECONOCER personería a la señora Carolina Andrea Córdoba Pacheco para actuar a nombre propio, en los términos del artículo 10 del Decreto 2591 de

1991.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO

BARG

Nota: esta providencia fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador . Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.

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