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CE - 110010315000202201993001AUTOQUEDECLAR20220406111952

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202201993001AUTOQUEDECLAR20220406111952
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

SUBSECCIÓN B

Bogotá, D. C, seis (6) de abril de dos mil veintidós (2022)

Radicación número : 11001-03-15-000-2022-01993-00

Actor : Álvaro Alonso Verjel Prada

Demandado : Tribunal Superior del Distrito Judicial de

………………Cúcuta

Acción de tutela

El señor Álv aro Alonso Verjel Prada , interpuso acción de tutela , contra el Tribunal Superior del Dis trito Judicial de Cúcuta – Sala Civil, con el fi n obtener la protección de los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia, que señala como violentados, con la fijación de costas y agencias en derecho efectuada p or la autoridad judicial, dentro del proceso verbal de resolución de contratos seguido por Transportes del Norte S.A. , contra la Cooperativa Multiactiva de Pimp ineros de Norte de Santander S.A.

De acuerdo con lo pre visto en el numeral 5º del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto 333 de 2021, las acciones de tutela dirigida s contra las autoridades judiciales diferente a las altas cortes deben ser repartidas al superior jerár quico funcional del Despacho tutelado.

Dicha disposición establece lo siguiente:

“Para los efectos previstos en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, conocerán de la acción de tutela, a prevención, los jue ces con jurisdicción donde ocurriere la violación o la amenaza q ue motivare la

“Para los efectos previstos en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, conocerán de la acción de tutela, a prevención, los jue ces con jurisdicción donde ocurriere la violación o la amenaza q ue motivare la presentación de la sol icitud o donde se produjeren sus efectos, conforme a las siguientes reglas:2

Radicado: 11001-03-15-000-2022-01993-00

Actor: Álvaro Alonso Verjel Prada

Demandado: Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta

(…)

5. Las acciones de tutela dirigidas contra los Jueces o Tribunales serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada.

(…)”.

En tal virtud, la demanda de tutela de la ref erencia debe ser conocida por la Corte Suprema de J usticia, teniendo en cuenta q ue se dirige c ontra un Tribunal de la jurisd icción ordinaria en su especialidad civil, del cual es superior funcional, razón por la cu al el asunto no debe ser tram itado ante el Consejo de Estado.

En consecuencia , se ordenará remiti r el expediente de la referencia a la Corte Suprema de Justicia , comoquiera que es la autoridad designada para conocer de la acción de tutela presentada por el señor Ál varo Alonso Verjel Prada.

En mérito de lo expuesto, este Despacho de la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado,

RESUELVE

Por Secretar ía General, REMITIR el expedi ente de la referenc ia a la Corte

En mérito de lo expuesto, este Despacho de la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado,

RESUELVE

Por Secretar ía General, REMITIR el expedi ente de la referenc ia a la Corte Suprema de Justicia, para lo de su cargo.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

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