CE - 110010315000202202047001AUTOQUEDECLAR20220408201328
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202202047001AUTOQUEDECLAR20220408201328
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN “A”
Consejero Ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Bogotá D.C., ocho (8) de abril de dos mil veintidós (2022)
Radicado: 11001-03-15-000-2022-02047-00
Accionante: MIGUEL ÁNGEL GÓMEZ
Accionados: LA NACION – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y OTROS
Acción de tutela – auto que remite
El señor Miguel Ángel Gómez, actuando en nombre propio y en calidad de vocero y líder social de la comunidad del municipio de Turmequé - Boyacá, interpone acción de tutela en contra de la Presidencia de la República, la Vicepresidencia de la República, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y del derecho, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Consorcio Boyacá G -19, el Consorcio Sedes Educativas, el Senado de la República, la Cámara de Representantes, la Fiscalía General de la Na ción, el Departamento Nacional de Planeación – DNP, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social – DPS, la Consejería Presidencial para la Niñez y Adolescencia, la Consejería Presidencial para la Gestión y Cumplimiento, la Consejería Presidencial para la Competitividad y la Gestión Publico – Privada, el Consorcio FFIE Alianza BBVA, la Fiduciaria BBVA Asset Management S.A., la Gobernación de Boyacá, la Secretaría de Educación de Boyacá,
Presidencial para la Competitividad y la Gestión Publico – Privada, el Consorcio FFIE Alianza BBVA, la Fiduciaria BBVA Asset Management S.A., la Gobernación de Boyacá, la Secretaría de Educación de Boyacá, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Alcaldía Municipal de Turmequé – Boyacá, el Concejo Municipal de Turmequé – Boyacá y la Institución Educativa Técnica Industrial de Turmequé – Boyacá, por la presuntaACC IÓN DE TUT EL A Radicado: 11001 -03 -15 -000 -2022 -02047 -00
Dem andante: Miguel Ángel Gómez
w w w . c o n s e j o d e e s t a d o . g o v . c o Calle 12 No. 7 –65 – Tel: (601) 350 -6700 Bogotá D.C. – Colombia
2 vulneración de los derechos fundamentales a la educación, a la igualdad y a la dignidad humana.
Ahora bien, revisado detalladamente el escrito de tutela, este despacho observa que aunque el demandante enuncia a la Presidencia de la República, a la Vicepresidencia de la República, al Ministerio de Educación, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al Ministerio del Interior, al Ministerio de Justicia y del derecho, al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, al Consorcio Boyacá G -19,al Consorcio Sedes Educativas, al Senado de la República, a la Cámara de Representantes, a la Fiscalía General de la Nación, al Departamento Nacional de
Tecnología e Innovación, al Consorcio Boyacá G -19,al Consorcio Sedes Educativas, al Senado de la República, a la Cámara de Representantes, a la Fiscalía General de la Nación, al Departamento Nacional de Planeación – DNP, al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social – DPS, a la Consejería Presidencial para la Niñez y Adolescencia, a la Consejería Presidencial para la Gestión y Cumplimiento, a la Consejería Presidencial para la Competitividad y la Gestión Publico – Privada, al Consorcio FFIE Alianza BBVA, a la Fiduciaria BBVA Asset Management S.A., a la Gobernación de Boyacá, a la Secretaría de Educación de Boyacá, a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo, a la Alcaldía Municipal de Turmequé – Boyacá, al Concejo Municipal de Turmequé – Boyacá y a la Institución Educativa Técnica Industrial de Turmequé – Boyacá como entidades demandadas , los hechos que presuntamente dan origen a la v ulneración ius fundamental y las pretensiones están dirigidos de manera concreta contra el Ministerio de Educación, la Alcaldía Municipal de Turmequé Boyacá y la Gobernación de Boyacá -, así:
[…]
«TERCERA: SOLICITUD DE EXPEDICIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES CON CARÁCTER DE URGENCIA: Por lo cual se le pide al señor Magistrado o Juez que expida las medidas provisionales ordenándole con carácter de urgencia al señor AlcaldeACC IÓN DE TUT EL A Radicado: 11001 -03 -15 -000 -2022 -02047 -00
expida las medidas provisionales ordenándole con carácter de urgencia al señor AlcaldeACC IÓN DE TUT EL A Radicado: 11001 -03 -15 -000 -2022 -02047 -00
Dem andante: Miguel Ángel Gómez
w w w . c o n s e j o d e e s t a d o . g o v . c o Calle 12 No. 7 –65 – Tel: (601) 350 -6700 Bogotá D.C. – Colombia
3 Municipal de Boyacá, Doctor Pedro Anton io Murillo Moreno y a los funcionarios competentes de la Alcaldía y de la Gobernación de Boyacá el arreglo de la vía y la construcción de un muro de contención en concreto para detener la corrida de tierra y de la vía y de las casas del barrio San Antonio, al igual que la terminación de la construcción del colegio mencionado por parte del Ministerio de Educación […] ».
[…]
Teniendo en cuenta lo anterior, es claro que la presente acción de tutela se dirige , de manera concreta, contra el Ministerio de Educación, la Alcaldía Municipal de Turmequé Boyacá y la Gobernación de Boyacá , razón por la cual se dispondrá, en aplicación del artículo 1.º del Decreto 333 de 2021, por conducto de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el presente expediente a la Oficina de Reparto de los Juzgados Administrativos del Circuito de Tunja – Boyacá para lo de su cargo.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Firmado Electrónicamente
GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Consejero de Estado