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CE - 110010315000202202075001AUTOQUEADMITE20220408113009

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202202075001AUTOQUEADMITE20220408113009
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

SUBSECCIÓN B

Consejero sustanciador: Carmelo Perdomo Cuéter

Bogotá, D. C., ocho (8) de abril de dos mil veintidós (2022)

Acción : Tutela Expediente : 11001-03-15-000-2022-0207500

Actores : Edinson Alberto González Rivera y Alirio Tapiera Trillera Accionados : Magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia y Jueces Noveno (9º) y Veintiocho (28) Administrativos de Medellín Actuación : Admite tutela

Mediante la acción de la referencia, los señores Edinson Alberto González Rivera y Alirio Tapiera Trillera , por conducto de ap oderado, demandan el amparo de sus derechos constitucionales fundamentales al debido proc eso, seguridad social y acceso a la administración de justicia , presuntamente quebrantados por los se ñores magistrados del Tribun al Administrativo de Antioquia y Jueces Noveno (9 º) y Veintiocho (28) Administrativo s de Medellín.

Comoquiera que la presente acción alcanza a satisfacer los requisitos básicos previstos en el a rtículo 14 del Decr eto ley 2591 de 1991, se proceder á a su admisión y se ordena rá notificar esta decisión a las partes por el m edio más expedito y eficaz.

Por tanto, se requerirá de las autorida des accionadas rendir el informe necesario para el esclar ecimiento de los hechos narrados por los tutelantes y allegar la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos.

Por tanto, se requerirá de las autorida des accionadas rendir el informe necesario para el esclar ecimiento de los hechos narrados por los tutelantes y allegar la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos.

Asimismo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 13 del Decreto 2 591 de 1991, se dispondrá vincular al señor director general de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional , toda vez que el ente estatal que regenta fue demandado en el asunto en el que se dict aron las providencias que a quí s e cuestionan.

Por último, se solicitará , a través de secretaría ge neral, de los Juzgados Noveno (9º) y Veintiocho (28) A dministrativos de Medellín copia de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho 05001-33-33-009-201800318-01 y 05001-33-33-028-2017-00578-011, en su orden, que deberán ser enviados en medio magnético al correo e lectrónico

1 Según lo verif icado en la página e lectrónica de la R ama Judicial (http://procesos.ramajudicial.gov.co/consultaprocesos).Expediente: 11001-03-15-000-2022-02075-00 Edinson Alberto González Riviera y otro contra los señores magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia y otros

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secgeneral@consejodeestado.gov.co, habilitado por e sta Corporación para tal propósito.

En consecuencia, se

DISPONE:

1º. Admítese la acci ón de t utela instaurada por los señores Edinson Alberto

propósito.

En consecuencia, se

DISPONE:

1º. Admítese la acci ón de t utela instaurada por los señores Edinson Alberto González Rivera y Alirio Tapiera Trillera contra los señores mag istrados del Tribunal Administrativo de Antioquia y Jueces Noveno (9º) y Veintiocho (28) Administrativos de Medellín.

2º. Por s ecretaría general, a tra vés del medio más eficaz, notifíquese la decisión adoptada mediante este proveído a las autoridades dema ndadas, para que en el término de dos (2) días se pronuncien acerca de la presente acción.

Igualmente y por el medio más expedi to y eficaz, infórmese a los tutelantes sobre la admisión de este trámite.

3º. Requiérese de las aut oridades accionadas informen a este despacho sobre el conocimiento que tengan de los hechos planteados por los actores y remitan la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos.

Para tal efecto se concede el término de dos (2) día s contados desde el recibo de la respectiva comunicación, previa la notificación ordenada.

4º. Vincúlase a est e asunto constitucional al señor director general de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional y désele a conocer la interposición de esta acci ón, para cuyo e fecto se de berá adjuntar copia de su texto, con el propósito de que se pronu ncie en el lapso de dos (2) días sobre el conocimiento que tenga de los hechos planteados por los demandantes.

5º. Solicítese, a través de sec retaría general, con c arácter URGENTE de los

propósito de que se pronu ncie en el lapso de dos (2) días sobre el conocimiento que tenga de los hechos planteados por los demandantes.

5º. Solicítese, a través de sec retaría general, con c arácter URGENTE de los Juzgados Noveno (9º) y Veintiocho (28) Administrativos de Medellín copia de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho 05001-33-33-0092018-00318-01 y 05001-33-33-028-2017-00578-01, en su orden, que deberán ser e nviados en medio ma gnético al corre o ele ctrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co, e indíqueseles que de no tenerlo en su poder den traslado de este r equerimiento a la corporación o despacho correspondiente.Expediente: 11001-03-15-000-2022-02075-00 Edinson Alberto González Riviera y otro contra los señores magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia y otros

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6º. Reconócese personería al abogado Róbinson Oswaldo Rodríguez Caicedo , identificado con cédula de ciud adanía 3.147.240 y tarjeta profesional 215.104 del Co nsejo Superior de la Judic atura, para actuar dentro de las presentes diligencias en representación de los actores.

Notifíquese y cúmplase,

Firmado electrónicamente

CARMELO PERDOMO CUÉTER

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