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CE - 110010315000202202374001AUTOQUEDECIDE20220513091327

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202202374001AUTOQUEDECIDE20220513091327
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

CONSEJERA PONENTE: MARÍA ADRIANA MARÍN

Bogotá D.C., doce (12) de mayo de dos mil veintidós (2022)

Radicación número: 11001-03-15-000-2022-02374-00

Actor: IVÁN ENRIQUE SÁNCHEZ HERNÁNDEZ

Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN

PRIMERA, SUBSECCIÓN A

Referencia: AUTO QUE ACEPTA DESISTIMIENTO

El despacho advierte que en el expediente digital obra una solicitud de desistimiento de la demanda, presentada el pasado 6 de mayo de 2022 por el señor Iván Enrique Sánchez Hernández.

El artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 faculta al recurrente para «desistir de la tutela». Así, por ejemplo, en el auto A283 -15 de 2010, la Sala Plena de la Corte Constitucional señaló: « (…) el desistimiento de la acción de tutela sólo será procedente durante el trámite de las instancias (no en sede de revisión), siempre que se refiera a intereses personales del actor».

Revisada la demanda de tutela, se observa que no involucra intereses de carácter general ni los de un número considerable de personas, toda vez que se dirige contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A, por la supuesta mora en tramitar el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 2021 -00379-00, promovido por la misma persona que aquí

contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A, por la supuesta mora en tramitar el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 2021 -00379-00, promovido por la misma persona que aquí funge como demandante, esto es, el señor Iván Enrique Sánchez Hernández . Se trata, entonces, de un conflicto jurídico de carácter particular en el que la parte actora reclama la protección de sus propios derechos fundamentales, razón por la cual el Despacho aceptará el aludido desistimiento.

Por lo expuesto, se

RESUELVE:

PRIMERO. ACEPTAR el desistimiento de la demanda de tutela instaurada por el señor Iván Enrique Sánchez Hernández.Radicación número: 11001-03-15-000-2022-02374-00

Actor: Iván Enrique Sánchez Hernández

Demandado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A Referencia: auto que acepta desistimiento

2 SEGUNDO. Archívese el expediente, previa comunicación a las partes.

Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el siguiente enlace: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Firmado electrónicamente

MARÍA ADRIANA MARÍN

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