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CE - 110010315000202202500011ACLARACIONDEVACLARACION20220914180328

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202202500011ACLARACIONDEVACLARACION20220914180328
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Radicación: 11001-03-15-000-2022-02500-01 Accionante: Labrenty Efrén Palomo Meza Accionados: Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C y otro Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata 1. Expongo los motivos que me llevan a aclarar el voto en la Sentencia de 17 de agosto de 2022, mediante la cual la Sala confirmó la improcedencia por falta de relevancia constitucional de la solicitud de amparo presentada por Labrenty Efrén Palomo Meza contra la Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo de Córdoba. 2. Sea lo primero señalar que comparto la decisión adoptada en la mencionada providencia, esto es, la improcedencia de la acción de tutela. Sin embargo, estimo pertinente aclarar mi voto comoquiera que no comparto las consideraciones consignadas en el literal G y los párrafos 11, 11.1, 11.2, 11.3 y 11.4 del proyecto, pues aquellas constituyen el fondo del pleito, esto es, argumentos que solo se estudian una vez la acción de tutela cumple con los requisitos generales de procedibilidad. Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA

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