CE - 110010315000202202527001AUTOQUEADMITEADMITETUT20220510142459
Consejo de Estado
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CE - 110010315000202202527001AUTOQUEADMITEADMITETUT20220510142459
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B
Bogotá DC, diez (10) de mayo de dos mil veintidós (2022).
Magistrado Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 11001-03-15-000-2022-02527-00
Demandante: LUZ MERY IDÁRRGA TOBÓN Y OTROS
Demandado: SALA QUINTA MIXTA DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
DE ANTIOQUIA
Medio de control: ACCIÓN DE TUTELA
Asunto: ADMITE DEMANDA
Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por los Decretos 1983 de 2017 y 333 de 2021 dispónese:
1º) Admítese la deman da de tutela presentada por los señores Mara Nubia Salazar López -quien actúa en su nombre y en representación de su hijo Néstor Alirio Idárraga Salazar, María del Socorro Tobón de Idárraga, Luz Mery Idárraga Tobón, Blas Emilio Idárraga Tobón , María Marleny Idárraga Tobón, José Rodrigo Idárraga Tobón, Diana Milena Giraldo Idárraga, Wilder Onalder Giraldo Idárraga, Leidi Yurany Idárraga Giraldo, Deisy Viviana Idárraga Giraldo, Edison Augusto Idárraga Giraldo, Jefferson Leandro
Milena Giraldo Idárraga, Wilder Onalder Giraldo Idárraga, Leidi Yurany Idárraga Giraldo, Deisy Viviana Idárraga Giraldo, Edison Augusto Idárraga Giraldo, Jefferson Leandro Giraldo Idárraga, Yenny Yuliet Giraldo Idárraga, Duban Augusto Arias Idárraga, Mónica Yohana Arias Idárraga , Astrid Natalia Idárraga Giraldo, Danilo Andrés Arias Idárraga, Genesis Dayana Idárraga Tobón, Anlly Lorena Arias Idárraga y Nayeli Idárraga Giraldo ,2
Expediente: 11001-03-15-000-2022-02527-00
Demandante: Luz Mery Idárraga Tobón y otros Medio de Control: Acción de tutela
por intermedio de apoderado judicial , en contra de la sala Quinta Mixta del Tribunal Administrativo de Antioquia con el objeto de que se ampare la presunta violación de sus derechos constitucionales fundamentales del debido proceso , igualdad, acceso a la administración de justicia , reparación integral de las víctimas, garantías judiciales y protección judicial.
2°) Notifíquese al presidente y a los magistrados integrantes de la Sala Quinta Mixta del Tribunal Administrativo de Antioquia entregándoles copia de la demanda y los anexos.
3°) Por considerar que le asiste interés en el proceso vincúlase y notifíquese al titular del Juzgado Octavo Administrativo del Circuito Judicial de Medellín entregándole copia de la demanda y los anexos.
4°) Reconócese personería al abogado Walter Raúl Mejía Cardona , identificado con
del Juzgado Octavo Administrativo del Circuito Judicial de Medellín entregándole copia de la demanda y los anexos.
4°) Reconócese personería al abogado Walter Raúl Mejía Cardona , identificado con cédula de ciudanía número 71.669.065 y con Tarjeta Profesional número 90.025 del Consejo Superior de la Judicatura para que actúe como apoderado de la parte actora en los términos y para los efectos del poder a él conferido.
5°) Las notificaciones deberán hacerse por la Secretaría de conformidad con el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 mediante telegrama, telefónica, electrónicamente o por cualquier otro medio expedito y eficaz.
6°) Infórmase a la parte demandada y a los terceros con interés que una vez notificados cuentan con el término de dos (2) días para que por el medio más expedito rindan informe sobre los hechos objeto de la presente acción.
7°) Por Secretaría General , solicítese al Tribunal Administrativo de Antioquia y/o al Juzgado Octavo Administrativo del Circuito Judicial de Medellín, según quien lo tenga en3
Expediente: 11001-03-15-000-2022-02527-00
Demandante: Luz Mery Idárraga Tobón y otros Medio de Control: Acción de tutela
su poder, que remitan copia magnética del expediente correspondiente al proceso de reparación directa con radicación No. 05001-33-33-008-2018-00245-01, adelantado por el señor José Rodrigo Idárraga Tobón y otros contra la Nación - Ministerio de DefensaEjército Nacional.
8°) Ténganse como pruebas con el valor que les asigna la ley los documentos allegados
el señor José Rodrigo Idárraga Tobón y otros contra la Nación - Ministerio de DefensaEjército Nacional.
8°) Ténganse como pruebas con el valor que les asigna la ley los documentos allegados con la demanda.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FREDY IBARRA MARTÍNEZ
Magistrado (Firmado electrónicamente)
Constancia. La presente providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 del Decreto Legislativo 806 de 2020.