CE - 110010315000202202549001AUTOQUEADMITE20220511120507
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202202549001AUTOQUEADMITE20220511120507
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Bogotá, D.C., once (11) de mayo de dos mil veintidós (2022)
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-02549-00
Referencia: Acción de tutela
Actor: KEVIN DANIEL AMADO SANABRIA
Asunto: Admite demanda
AUTO INTERLOCUTORIO
Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por el señor KEVIN DANIEL AMADO SANABRIA contra el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA y la UNIDAD DE REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales de petición y al trabajo, por cuanto no ha recibido una respuesta de fondo, clara y concreta a la s solicitudes que les envió, vía electrónica, el 21 de febrero, 10 de marzo y 5 de mayo de 2022, en la s que requirió la expedición de su tarjeta pro fesional como abogado.
En consecuencia, se dispone:
a): Notifíquese a la señora Directora de la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia y a los magistrados
1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política".2
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-02549-00
Actor: KEVIN DANIEL AMADO SANABRIA
Política".2
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-02549-00
Actor: KEVIN DANIEL AMADO SANABRIA
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bie n lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co
b): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en derecho, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela.
c): Ofíciese a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y a la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia para que informe n, en el término de la distancia, sobre el tr ámite impartido a l as solicitudes presentadas por el actor, vía electrónica el 21 de febrero, 10 de marzo y 5 de mayo de 2022.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN
Consejera