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CE - 110010315000202202591001SALVAMENTODEV20221028115509

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202202591001SALVAMENTODEV20221028115509
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN “A”

Salvamento de voto

Bogotá D.C., veintiséis (26) de octubre de dos mil veintidós (2022)

Acción de tutela Radicado: 11001-03-15-000-2022-02591-00

Accionante: Edward Arlevy González Morales

Accionado: Tribunal Administrativo de Santander

Respetuosamente me aparto de la decisión mayoritaria del 22 de septiem bre de 2022, consistente en a cceder a la solicitud de nulidad elevada por la parte accionante. Las razones en las que me fundamento son las siguientes:

En e l proveído del cual me apart o se determinó que se configuró la causal de nulidad prevista en el inciso 2.° del numeral 8 del artí culo 133 del C ódigo General del Proceso, por la presunta indebida notificación efectuada el 7 de julio de esta anualidad de la sentencia de primera instancia dictada en la acción de tutela de la referencia.

Al respecto , considero pertinente mencionar, como se reconoció en esa providencia, que fue e l incidentante el que dio lugar a la nulidad, al no informar correctamente el correo electrónico en el que recibir ía notificaciones , sin que se haya presentado ningún error por parte de la Secretaría General de la corporación en ese trámite.

En esa medida, estimo imperioso recordar que la nulidad n o puede ser alegada por quien haya dado lugar al hecho que la or igina, de conformidad con el artículo 135 del C ódigo precitado. Por lo tanto , concluyo que la solicitud de nulidad deb ió ser denegada, por las razones expuestas.

por quien haya dado lugar al hecho que la or igina, de conformidad con el artículo 135 del C ódigo precitado. Por lo tanto , concluyo que la solicitud de nulidad deb ió ser denegada, por las razones expuestas.

Con estos argumentos sustento mi salvamento de voto,

Fecha ut supra

WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ Firma electrónica

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