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Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202202611001AUTOQUEADMITE20220516152412
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

CONSEJERA PONENTE: MARÍA ADRIANA MARÍN

Bogotá D.C., trece (13) de mayo de dos mil veintidós (2022)

Radicación número: 11001-03-15-000-2022-02611-00

Actor: IVANNA ELVIRA TROCHA GUZMÁN

Demandado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA – UNIDAD DE

REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA

Referencia: AUTO QUE ADMITE ACCIÓN DE TUTELA

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

PRIMERO. Admitir la demanda de tutela presentada por la señora Ivanna Elvira Trocha Guzmán contra el Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia , con el objeto de que se ampare su derecho fundamental de petición.

SEGUNDO. En calidad de parte demandada, notifíquese al presidente del Consejo Superi or de la Judicatura y a la directora de la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Au xiliares de la Justicia. Entrégueseles copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providen cia, rindan el informe que corresponda y alleguen las pruebas que pretendan hacer valer.

TERCERO. Notifíquese a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 610 del Código General del Proceso.

alleguen las pruebas que pretendan hacer valer.

TERCERO. Notifíquese a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 610 del Código General del Proceso. Para pract icar dicha notificación, se remitirá mensaje al buzón de correo electrónico de la entid ad, informándole que el expediente queda a su d isposición, por si desea revisarlo e intervenir.

CUARTO. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electr ónica mediante el aplica tivo SAM AI, de manera que el c ertificado digital que arroja elRadicación Número: 11001-03-15-000-2022-02611-00

Actor: Ivanna Elvira Trocha Guzmán Demandado: Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional de Abogados Referencia: auto que admite acción de tutela

2 sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente d ocumento en el siguiente enlace: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Firmado electrónicamente

MARÍA ADRIANA MARÍN

Magistrada

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