CE - 110010315000202202667001AUTOQUERECHAZ20220609110550
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202202667001AUTOQUERECHAZ20220609110550
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 11001 -03 -15 -000 -202 2-02667 -00
Accionante : Óscar Fernando Quintero Mesa
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA-SUBSECCIÓN A
MAGISTRADO PONENTE: WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ
Bogotá D.C., ocho (8) de junio de dos mil veintidós (2022)
I.T: 51
Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-02667-00
Accionante: ÓSCAR FERNANDO QUINTERO MESA
Accionados: CONSEJO DE ESTADO Y OTROS
AUTO QUE RECHAZA ASUNTO Se encuentra a despacho el expediente de la referencia para resolver sobre la admisión de la pre sente ac ción de tut ela instaurada por el señor Óscar Fernando Quintero Mesa. CONSIDERACIONES Mediante auto del 23 de mayo de 2022, se inadmitió la presente acción, por lo cual se le concedió al accionante un término de tres (3) días , para que corrigiera los siguientes aspectos:
1. Exponer de forma clara y ordenada, los hechos y las razones q ue motivan la acción de tutela.
2. Identificar cuáles son las aut oridades accionadas y en relación con cada una de ellas indicar la acción u omisi ón por ellas efectuadas, con las cuales considera que se vulneraron sus derechos fundamentales. acción de tutela.
2. Identificar cuáles son las aut oridades accionadas y en relación con cada una de ellas indicar la acción u omisi ón por ellas efectuadas, con las cuales considera que se vulneraron sus derechos fundamentales.
3. Señalar cuáles son las pretensiones frente a cada una de las accionadas.
Sin embargo, una vez transcurrido el término legal conferido para ese efecto, el solicitante no subsanó las inconsistencias mencionadas, a pesar de que fue debidamente notificado al correo electrónico aportado por él. Bajo este escenario , se concluye que aquel no cumplió con su deber procesal . En consecuencia, se rechazará la acción de tutela interpu esta por el señor Óscar Fernando Quintero Mesa. En mérito de lo expuesto, seRadicado: 11 001 -03 -15 -000 -2022 -02667-00
Accionante : Óscar Fernando Quintero Mesa
2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co RESUELVE Primero: Rechazar la acción de tutela de la referencia formulada por el señor Óscar Fernando Quintero Mesa, de conformidad con la parte motiva de este proveído.
Segundo: Notificar por el medio más expedito y eficaz el contenido de esta providencia al accionante.
Tercero: Una vez ejecutoriado el presente auto, archívese el expe diente, previo al respectivo registro en el sistema de gestión judicial SAMAI.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ Tercero: Una vez ejecutoriado el presente auto, archívese el expe diente, previo al respectivo registro en el sistema de gestión judicial SAMAI.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ Firma electrónica