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Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202202680001AUTOQUEDECLARAUTO20220523180915
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

Radicado: 11001-03-15-000-2022-02680-00

Demandante: José Raymundo Mantilla Cacua

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, veintitrés (23) de mayo de dos mil veintidós (2022) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2022-02680-00

Demandante JOSÉ RAYMUNDO MANTILLA CACUA

Demandado CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN LABORAL ASUNTO AUTO QUE REMITE POR REGLAS DE REPARTO El Decreto 333 de 2021, por el cual se modifican las reglas de reparto de las acciones de tutela, estableció que (vii) las acciones de tutela dirigidas contra la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia a la misma Corporación. Al estudiar el expediente se advierte que la parte accionada es la “sala laboral de casación de la honorable corte suprema de justicia”, pues el accionante en el escrito de tutela manifiesta la posible vulneración de su derecho al acceso a la administración de justicia por parte de esta autoridad. Por consiguiente, el señor José Raymundo Mantilla Cacua es claro en la narración de los hechos y pretensiones, al señalar que discute una providencia judicial dictada por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia . Que por reparto

Por consiguiente, el señor José Raymundo Mantilla Cacua es claro en la narración de los hechos y pretensiones, al señalar que discute una providencia judicial dictada por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia . Que por reparto le correspondería su conocimiento a la Corte Suprema de Justicia. En consecuencia, remítase inmediatamente el expediente de la referencia a l a Corte Suprema de Justicia, para que se surta su proceso de reparto y se profiera el respectivo fallo en la acción de tutela instaurada por el señor José Raymundo Mantilla Cacua. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente)

MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO

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