🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE - 110010315000202202688001AUTOQUEINADMI20220526124402

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE - 110010315000202202688001AUTOQUEINADMI20220526124402
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

w w w . c o n s e j o d e e s t a d o . g o v . c o Calle 12 No. 7 –65 – Tel: ( 60 1) 350 -6700 Bogotá D.C. – Colombia 1

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A

CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ

Bogotá D.C., veinte (20) de mayo de dos mil veintidós (2022)

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-02688-00

Accionante: BERTHA VÉLEZ

Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA Y OTROS

AUTO INADMISORIO

El abogado Yury Ricardo Diaz Hernández, en su calidad de apoderado de la señora Bertha Vélez, interpone acción de tutela, en contra del Tribunal Administrativo del Cauca , del Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Popayán Cauca y de la Nación – Ministerio de Defensa – Ejercito Nacional por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al acceso a la justicia, debido proceso, igua ldad, seguridad social integral, dignidad humana y del principio de favorabilidad y condición más beneficiosa , ocurrida con ocasión de la expedición de la sentencia de 18 de marzo de 2022, proferida en el curso del medio de control de nulidad y restablecim iento del derecho dentro del proceso con radicado número 19001 -33-33-008-201600035-01.

No obstante lo anterior, una vez revisados detenidamente los

curso del medio de control de nulidad y restablecim iento del derecho dentro del proceso con radicado número 19001 -33-33-008-201600035-01.

No obstante lo anterior, una vez revisados detenidamente los documentos aportados con el escrito de tutela, este despachoAC CI ÓN DE TUTE L A Radicado: 110010315000 -2022-0268800

Accionante: Bertha Vélez

w w w . c o n s e j o d e e s t a d o . g o v . c o Calle 12 No. 7 –65 – Tel: ( 60 1) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 advierte que el abogado Yury Ricardo Diaz Hernández no aporta poder que lo faculte para interponer la acción de tutela contra providencia en representación de la señora Bertha Vélez.

Así las cosas, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 17 del Decreto 2591 de 1991, se DISPONE:

Por conducto de la Secretaría General de esta Corporación, REQUIÉRASE al abogado Yury Ricardo Diaz Hernández para que, dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de esta providencia, allegue al expediente poder especial de representación que lo faculte para actuar en representación de la señora Bertha Vélez en la presente acción de tutela.

ADVIÉRTASE que de no cumplir lo anterior, se rechazará la solicitud.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ

Consejero de Estado

Consultar sobre este documento ...