CE - 110010315000202202704001AUTOQUEADMITE20220520112330
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202202704001AUTOQUEADMITE20220520112330
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SUBSECCIÓN B
Bogotá, D.C, veinte (20) de mayo de dos mil veintidós (2022)
Radicación número : 11001-03-15-000-2022-02704-00
Actor : Félix Orlando Rafael Villalobos Montenegro
Demandado : Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Acción de tutela
Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la acción de tutela presentada por el señor Félix Orlando Rafael Villalobos Montenegro , quien actúa en causa propia, contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda – Subsección F. En consecuencia:
Póngase en conocimiento de la referida autoridad la admisión de la presente demanda de tutela , haciéndole llegar copia de esta, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación.
Vincúlense, por tener interés directo en el resultado de este proceso , a la Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional y al Juzgado Décimo (10º) Administrativo del Circuito de Bogotá , para que haga n las manifestaciones que considere n pertinentes, para lo cual se le s otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación.
Con el valor qu e les asigne la L ey, téngase como prueba los documentos
manifestaciones que considere n pertinentes, para lo cual se le s otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación.
Con el valor qu e les asigne la L ey, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.2
Radicado: 11001-03-15-000-2022-02704-00
Actor: Félix Orlando Rafael Villalobos Montenegro
Demandado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Por secretaría, ofíciese al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda – Subsección F y al Juzgado Décimo (10º) Administrativo del Circuito de Bogotá, para que en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen a través de medio magnético, el expediente contentivo del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, identificado con el radicado número 11001-33-35-010-2016-00187-01; demandante: Félix Orlando Rafael Villalobos Montenegro.