CE - 110010315000202202715001AUTOQUEADMITE20220524112000
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202202715001AUTOQUEADMITE20220524112000
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 11001-03-15-000-2022-02715-00
Demandante: María Hortencia Nieto Salgado
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ Bogotá, 23 de mayo de 2022
Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-02715-00
Demandante: María Hortencia Nieto Salgado Demandado: Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección B, y otro Asunto: auto que admite demanda Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:
1. Admitir la tutela presentada , mediante apoderada judicial, por la señora María Hortencia Nieto Salgado contra el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección B, y el Tribunal Administrativo del Meta, con el objeto de que se ampare el derecho fundamental al debido proceso.
2. En calidad de parte demandada, notificar a los Magistrados del Consejo de Estado, Sección
Segunda, Subsección B, y del Tribunal Administrativo del Meta.
3. En calidad de tercero, vincular al presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones, que actuó como demandado en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho
50001233300020140039901.
4. El expediente digital queda a disposición de la parte demandada, por el término de 3 días, que actuó como demandado en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho
50001233300020140039901.
4. El expediente digital queda a disposición de la parte demandada, por el término de 3 días, para que ejerza los derechos que pretenda hacer valer.
5. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda.
6. Reconocer a la abogada Yenny Paola Correa López como apoderada judicial de la parte demandante, en los términos del poder conferido.
7. Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co.
Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) Julio Roberto Piza Rodríguez