CE - 110010315000202202745001AUTOQUEADMITE20220526161259
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202202745001AUTOQUEADMITE20220526161259
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A
Consejero Ponente: José Roberto Sáchica Méndez
Bogotá, D.C., veinticinco (25) de mayo de dos mil veintidós (2022)
Radicación: 11001-03-15-000-2022-02745-00
Accionante: Rafael Enrique Bermúdez Manjares Accionado: Tribunal Administrativo del Norte de Santander Referencia: Acción de tutela – Admisión
El señor Rafael Enrique Bermúdez Manjares interpuso demanda de tutela contra el Tribunal Administrativo del Norte de Santander , con el fin de que se le proteja n sus derechos fundamentales de petición y debido proceso , presuntamente vulnerado s por la autoridad accionada, al no contestar la solicitud que elevó el 22 de marzo de 2022, mediante la cual pidió información sobre un proceso judicial, identificado con el número de radicado “947597”, que promovió contra la Policía Nacional.
Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:
PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión al Tribunal Administrativo de Santander. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a la dirección de correo electrónico reportada en su página web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo.
dirección de correo electrónico reportada en su página web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo.
CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a la dirección de correo electrónico reportada (bermudezrafael182@gmail.com).
QUINTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera procedente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE,
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1
JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ
1 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.