🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE - 110010315000202202810001AUTOQUEADMITE20220602120721

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE - 110010315000202202810001AUTOQUEADMITE20220602120721
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001-03-15-000-2022-02810-00

Demandante: RAMÓN ARTURO RUIZ MUÑOZ

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

CONSEJERA PONENTE: STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO

Bogotá D.C., dos (2) de junio de dos mil veintidós (2022)

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-02810-00

Demandante: RAMÓN ARTURO RUIZ MUÑOZ

Demandado: CONSEJO DE ESTADO - SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN

“A”

AUTO ADMITE TUTELA

Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 20001, se dispone:

PRIMERO.- ADMÍTASE la acción de tutela interpuesta , en nombre propio , por el señor Ramón Arturo Ruiz Muñoz , contra el Consejo de Estado - Sección TerceraSubsección “A”.

SEGUNDO.- NOTIFÍQUESE2 el presente auto a la parte demandante, a la autoridad judicial demandada, así como al Tribunal Administrativo de Antioquia - Sala Cuarta de Oralidad, al municipio de Betulia (Antioquia), a la Corporación Autónoma Regional

SEGUNDO.- NOTIFÍQUESE2 el presente auto a la parte demandante, a la autoridad judicial demandada, así como al Tribunal Administrativo de Antioquia - Sala Cuarta de Oralidad, al municipio de Betulia (Antioquia), a la Corporación Autónoma Regional de Antioquia y a los seño res Kevin Ruiz Mejía, Jonattan Ruiz Mejía, Juan de Dios Ruiz Betancur, Ana Lucía Muñoz de Ruiz, Luz Amalia Ruiz Muñoz, Juan José Ruiz Muñoz, Guillermo Alonso Ruiz Muñoz y María Lucila Ruiz Muñoz , como tercer os interesados en el resultado del proceso, a quienes se les remitirá copia de la solicitud de amparo, a través de los diferentes medios virtuales que estén a disposición de la Secretaría General del Consejo de Estado. Así mismo, PUBLÍQUESE esta providencia en la página web del Consejo de Estado para el conocimiento de todos los terceros interesados.

TERCERO.- NOTIFÍQUESE3 a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso, a quien se le remitirá copia de la acción de tutela, a través de los diferentes medios virtuales que estén a disposición de la Secretaría General del Consejo de Estado.

1 En concordancia con: Artículo 2.2.3.1.2.1 Reparto de la acción de tutela, Sección 2 Reglas para el reparto de la acción de tutela, Capítulo 1 De la acción de tutela, Título 3 Promoción de la justicia, Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021. 2 En concordancia con: Artículo 2.2.1.1.1.4 De la notificación de las providencias a las partes, Sección 1 Aspectos generales,

de 2021. 2 En concordancia con: Artículo 2.2.1.1.1.4 De la notificación de las providencias a las partes, Sección 1 Aspectos generales, Capítulo 1 de la acción de tutela, Título 3 Promoción de la justicia, Decreto 1069 de 2015. 3 En concordancia con: Artículo 2.2.3.2.3 Notificación de autos admisorios y de mandamiento de pago a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Capítulo 2 Intervención discrecional de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Títu lo 3 Promoción de la Justicia, Decreto 1069 de 2015.Radicado: 11001-03-15-000-2022-02810-00

Demandante: RAMÓN ARTURO RUIZ MUÑOZ

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CUARTO.- INFÓRMESE a la autoridad judicial demandada y a los terceros interesados que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, pueden rendir informe sobre los hechos y las pretensiones objeto de la presente acción.

QUINTO.- OFÍCIESE al Consejo de Estado - Sección Tercera - Subsección “A” y al Tribunal Administrativo de Antioquia - Sala Cuarta de Oralidad , en el even to de que el expediente haya sido devuelto , para que allegue copia digitalizada del proceso No. 05001-23-33-000-2016-01778-01, demandante: Ramón Arturo Ruiz Muñoz y otros.

Notifíquese y cúmplase.

(Firmado electrónicamente)

No. 05001-23-33-000-2016-01778-01, demandante: Ramón Arturo Ruiz Muñoz y otros.

Notifíquese y cúmplase.

(Firmado electrónicamente)

STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO

Consejera

Consultar sobre este documento ...