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CE - 110010315000202203141001AUTOQUEDECLAR20220613143215

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202203141001AUTOQUEDECLAR20220613143215
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001-03-15-000-2022-03141-00

Demandante: Jorge Luis de las Salas Peñates

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

CONSEJERO PONENTE: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ

Bogotá, 10 de junio de 2022

Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-03141-00

Demandante: Jorge Luis de las Salas Peñates

Demandado: Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de

Cartagena

Auto remite por competencia

Ante esta Corporación, Jorge Luis de las Salas Peñates interpuso acción de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura – Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cartagena, al no resolver la solicitud de desistimiento tácito de la acción ejecutiva 130011418900420180066600.

Vista la solicitud, el Despacho advierte que, si bien se menciona al Consejo Superior de la Judicatura, lo cierto es que en la solicitud presentada por el demandante solo reprocha las actuaciones del Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cartagena.

Siendo así , conforme con el numeral 51 del artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015 2el

actuaciones del Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cartagena.

Siendo así , conforme con el numeral 51 del artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015 2el Despacho ordena remitir la tutela a los Juzgados Civiles del Circuito de Cartagena, pues en dicha ciudad es el domicilio del demandante.

Notifíquese y cúmplase,

(Firmado electrónicamente) Julio Roberto Piza Rodríguez

1 5. Las acciones de tutela dirigidas contra los Jueces o Tribunales serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada. 2 Recientemente modificado por el Decreto 333 de 2021.

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