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CE - 110010315000202203143001AUTOQUEADMITE20220614141849

Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202203143001AUTOQUEADMITE20220614141849
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Bogotá, D.C., catorce (14) de junio de dos mil veintidós (2022)

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03143-00

Referencia: Acción de tutela

Actores: ALEXIS GIL ZAMORA Y OTROS

Asunto: Admite demanda

AUTO INTERLOCUTORIO

Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por los señores ALEXIS, ALEJANDRO y JOHN EFERSÓN GIL ZAMORA, JORGE ELIECER GIL OSPINA y GLORIA HELENA ZAMORA GRAJALES , contra el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL VALLE DEL CAUCA , po r estimar que les vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa y al principio de favorabilidad, al haber proferido la providencia de 3 de diciembre de 2021 , dentro del medio de control de reparación directa identificada con el número único de radicación 2016-00003-01.

En consecuencia, se dispone:

a): Notifíquese a los magistrados del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca. Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a

1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política".2

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03143-00

Actores: ALEXIS GIL ZAMORA Y OTROS

Política".2

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03143-00

Actores: ALEXIS GIL ZAMORA Y OTROS

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co

b): Por tener interés directo en las resultas del proce so, vincúlense y notifíquese a la NACIÓN - RAMA JUDICIAL - DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL y a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN , parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción . Asimismo, a l JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE GUADALAJARA DE BUGA, que conoció en primera instancia de la acción en mención. Remítaseles copia de la solicitud de tutela al señor Director Ejecutivo de Administración Judicial, al Fiscal General de la Nación y al Juez Tercero Administrativo Oral del Circuito de Guadalajara de Buga, para que si a bien lo tiene n rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co

c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el

días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co

c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en derecho, los documentos aportados por la parte actora con la solicitud de tutela.3

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03143-00

Actores: ALEXIS GIL ZAMORA Y OTROS

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

d): Tiénese al doctor MARIO ALFONSO CASTAÑEDA MUÑOZ como apoderado especial de los actores, de conformidad con los poderes obrantes en el expediente.

e): Ofíciese al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Gudalajara de Buga para que remita, en el término de la distancia, con destino al proceso de la referencia, copia física o digital del expediente identificado con el número ú nico de radicación 201600003-01, contentivo del medio de control de reparación directa promovido por los actores contra la NACIÓN - RAMA JUDICIALDIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL y la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN , al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

(Firmado electrónicamente)

NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN

Consejera

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