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Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202203161021AUTOQUEABREUAUTO20221109110348
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

Radicado: 11001-03-15-000-2022-03161-02

Demandante: Aristóbulo Suárez León

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

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CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, nueve (9) de noviembre de dos mil veintidós (2022) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2022-03161-02

Demandante ARISTÓBULO SUÁREZ LEÓN

Demandado SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES SAE Y PRESIDENCIA DE

LA REPÚBLICA ASUNTO ORDENA DAR APERTURA AL INCIDENTE DE DESACATO En providencias del 4 y 19 de octubre de 2022, este despacho requirió a la Sociedad de Activos Especiales (SAE), con el fin de que informara si había dado cumplimiento a la sentencia de tutela del 4 de agosto de 2022, proferida por el Consejo de Estado, Sección Cuarta. A pesar de los múltiples requerimientos, la sociedad accionada no allegó informe alguno frente a la solicitud de desacato presentada por el señor Aristóbulo Suárez León. En consecuencia, el despacho ponente, dispone:

1. Dar apertura al incidente de desacato propuesto por el señor Aristóbulo

Suárez León contra la Sociedad de Activos Especiales SAE.

2. Requerir nuevamente a la Sociedad de Activos Especiales, para que dentro

1. Dar apertura al incidente de desacato propuesto por el señor Aristóbulo

Suárez León contra la Sociedad de Activos Especiales SAE.

2. Requerir nuevamente a la Sociedad de Activos Especiales, para que dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de este auto, informe sobre el cumplimiento de la sentencia de tutela del 4 de agosto de 2022, proferida por

el Consejo de Estado, Sección Cuarta. La noti ficación de este auto a la SAE debe surtirse en cada una de las siguientes direcciones de correo electrónico: atencionalciudadano@saesas.gov.co, notificacionjuridica@saesas.gov.co y sarana@saesas.gov.co

3. Prevenir a la SAE de que (i) la contestación y/o documentación aquí mencionada, deberá radicarse , vía correo electrónico , al siguiente buzón:

secgeneral@consejodeestado.gov.co ; y que (ii) debe acreditar la representación de quien acuda a este proceso judicial a través de los documentos pertinentes, como poder especial para actuar en el trám ite constitucional o acto administrativo de nombramiento, según sea el caso.

4. Requerir al accionante, Aristóbulo Suárez León, para que dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de esta providencia, informe si ya fue notificado de la respuesta clara, completa y de fondo a su derecho de petición del 5 de mayo de 2022 , en los términos de la sentencia de tutela del 4 de agosto de 2022.Radicado: 11001-03-15-000-2022-03161-02

Demandante: Aristóbulo Suárez León

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia

agosto de 2022.Radicado: 11001-03-15-000-2022-03161-02

Demandante: Aristóbulo Suárez León

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

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5. Cumplidas las órdenes emitidas en esta providencia, el expediente deberá pasar inmediatamente al despacho para emitir la decisión que corresponda.

Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente)

MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO

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