CE - 110010315000202203179001AUTOQUEADMITE20220615165305
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202203179001AUTOQUEADMITE20220615165305
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Magistrado Ponente: Alberto Montaña Plata
Bogotá, D.C., 15 de junio de 2022
Radicación: 11001-03-15-000-202203179-00
Demandante: Blanca Hely Espinosa y otros Demandado: Tribunal Administrativo de Caquetá y otro
Naturaleza: Acción de tutela. Auto
De conformidad con lo previsto por el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, el despacho,
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Kedy Daniela Zuñiga Espinosa, Danna Michell Zuñiga Espin osa y Blanca Hely Espinosa , esta última en nombre propio y en representación de la menor Estefany Dahiana Zuñiga Espinosa contra el Tribunal Administrativo de Caquetá y el Juzgado 2 Administrativo de Florencia y, VINCULAR a la Nación - Ministerio de Defensa - Ejercito Nacional y Fiscalía General de l a Nación , como terceros con interés en el proceso.
SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, a los demandados y a los terceros vinculados , para que, en el té rmino de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente.
TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los
que, en el té rmino de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente.
TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.
CUARTO: OFICIAR al Juzgado 2 Administrativo de Florencia, para que remita escaneado, el expediente de proceso de reparación directa No. 18001-33-33-002-2017-00200-00/01, a la siguiente cuenta de correo electrónico «secgeneral@consejodeestado.gov.co».
QUINTO: Por Secretaría General de esta Corporaci ón, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente