CE - 110010315000202203410001AUTOQUEADMITE20220701160805
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202203410001AUTOQUEADMITE20220701160805
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., primero (1º) de julio de dos mil veintidós (2022) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-03410-00 Accionante: Deyver Fabian Flórez Medina Accionados: Consejo Superior de la Judicatura y otros. Tema: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Admisión de la tutela / Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad. AUTO Deyver Fabian Flórez Medina interpone -en nombre propioacción de tutela contra la Nación - la Rama Judicial - el Consejo Superior de la Judicatura - la Dirección ejecutiva de Administración Judicial - la Unidad de Recursos Humanos - el Grupo de Sentencias, para la protección de su derecho fundamental de petición, pues las autoridades accionadas no han dado respuesta a las solicitudes presentadas el 13 de mayo de 2022 y el 1 de junio de 2022, cuyas peticiones hacen referencia a que se corrija la fecha de ejecutoria de la sentencia de 26 de noviembre de 2018 proferida en el proceso de rad. 68001-23-33-000-2014-00936-00 por la Sección Segunda – Subsección B, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y se obtenga información del pago de la misma. Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: Primero. Admitir la acción de tutela presentada por Deyver Fabian Flórez Medina contra la Nación - la Rama Judicial - el Consejo Superior de la Judicatura - la Dirección ejecutiva de Administración Judicial - la Unidad de Recursos Humanos - el Grupo de Sentencias. Segundo. Notificar la presente providencia a la Nación - la Rama JudicialDeyver Fabian Flórez Medina contra la Nación - la Rama Judicial - el Consejo Superior de la Judicatura - la Dirección ejecutiva de Administración Judicial - la Unidad de Recursos Humanos - el Grupo de Sentencias. Segundo. Notificar la presente providencia a la Nación - la Rama Judicial - el Consejo Superior de la Judicatura - la Dirección ejecutiva de Administración Judicial - la Unidad de Recursos Humanos - el Grupo de Sentencias para que dentro del término de dos (2) días contados a partir de la notificación, se pronuncie sobre las pretensiones y hechos de la acción de tutela. Tercero. Las anteriores notificaciones se realizarán vía correo electrónico y los anexos se incluirán como archivo adjunto del mismo modo. Los pronunciamientos de los notificados deberán remitirse por correo electrónico a la dirección indicada por la Secretaría General en el momento de la notificación.Radicado: 11001-03-15-000-2022-03410-00 Accionante: Deyver Fabian Flórez Medina Se admite la acción de tutela
2 Cuarto. Una vez recibida la información solicitada y cumplido el plazo para que las partes presenten sus informes, la Secretaría General remitirá al despacho vía correo electrónico, las respuestas y documentos que se alleguen. Quinto. PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la Corporación. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado