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CE - 110010315000202203465001AUTOQUEADMITE20220714065828

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202203465001AUTOQUEADMITE20220714065828
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Bogotá, D.C., catorce (14) de julio de dos mil veintidós (2022)

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00

Referencia: Acción de tutela

Actora: CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS

Asunto: Admite demanda

AUTO INTERLOCUTORIO

Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por la señora CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS 2 contra el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE NEIVA y el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL HUILA , por estimar que le vulneraron su s derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, al haber proferido, respectivamente, las providencias de 22 de febrero de 2016 y 9 de noviembre de 2021 , dentro de l medio de control de reparación directa identificado con el número único de radicación 2014-00004-01.

En consecuencia, se dispone:

1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Se resalta que la señora GLAVIS ROJAS dentro del proceso de reparación directa objeto de controversia actua en nombre propio y representación de su hijo menor de edad Josue Inri Valbuena Galvis.2

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00

controversia actua en nombre propio y representación de su hijo menor de edad Josue Inri Valbuena Galvis.2

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00

Actora: CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

a): Notifíquese al señor J uez Sexto Administrativo del Circuito de Bogotá y a los magistrados de l Tribunal Administrativo del Huila . Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co

b): Por tener interés directo en las resultas del proce so, vincúlense y notifíquese a los señores FRANCISCO JAVIER RIVERA GALVIS y MARÍA GINETH GALVIS ROJAS , parte demandante; y a l MUNICIPIO DE NEIVA , parte demanda da en el proceso que dio origen a la presente acción. Remítaseles copia de la solicitud de tutela a los señores Francisco Javier Rivera Galvis y María Gineth Galvis Rojas y al Alcalde del Municipio de neiva (Huila), para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co

informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co

c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en derecho, los documentos aportados por la actora con la solicitud de tutela.3

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00

Actora: CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

d): Tiénese al doctor MILLER OSORIO MONTENEGRO como apoderado especial de la actora, de conformidad con el poder obrante en el expediente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

(Firmado electrónicamente)

NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN

Consejera

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