CE - 110010315000202203465001AUTOQUEADMITE20220714065828
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202203465001AUTOQUEADMITE20220714065828
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Bogotá, D.C., catorce (14) de julio de dos mil veintidós (2022)
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00
Referencia: Acción de tutela
Actora: CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS
Asunto: Admite demanda
AUTO INTERLOCUTORIO
Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por la señora CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS 2 contra el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE NEIVA y el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL HUILA , por estimar que le vulneraron su s derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, al haber proferido, respectivamente, las providencias de 22 de febrero de 2016 y 9 de noviembre de 2021 , dentro de l medio de control de reparación directa identificado con el número único de radicación 2014-00004-01.
En consecuencia, se dispone:
1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Se resalta que la señora GLAVIS ROJAS dentro del proceso de reparación directa objeto de controversia actua en nombre propio y representación de su hijo menor de edad Josue Inri Valbuena Galvis.2
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00
controversia actua en nombre propio y representación de su hijo menor de edad Josue Inri Valbuena Galvis.2
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00
Actora: CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
a): Notifíquese al señor J uez Sexto Administrativo del Circuito de Bogotá y a los magistrados de l Tribunal Administrativo del Huila . Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co
b): Por tener interés directo en las resultas del proce so, vincúlense y notifíquese a los señores FRANCISCO JAVIER RIVERA GALVIS y MARÍA GINETH GALVIS ROJAS , parte demandante; y a l MUNICIPIO DE NEIVA , parte demanda da en el proceso que dio origen a la presente acción. Remítaseles copia de la solicitud de tutela a los señores Francisco Javier Rivera Galvis y María Gineth Galvis Rojas y al Alcalde del Municipio de neiva (Huila), para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co
informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co
c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en derecho, los documentos aportados por la actora con la solicitud de tutela.3
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00
Actora: CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
d): Tiénese al doctor MILLER OSORIO MONTENEGRO como apoderado especial de la actora, de conformidad con el poder obrante en el expediente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
(Firmado electrónicamente)
NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN
Consejera