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CE - 110010315000202203485001AUTOQUEADMITE20220701145021

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202203485001AUTOQUEADMITE20220701145021
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001-03-15-000-2022-03485-00

Solicitante: Gilberto Silva Ipus

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CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SALA SÉPTIMA ESPECIAL DE DECISIÓN

Magistrado ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Bogotá D.C., primero (1º) de julio de dos mil veintidós (2022)

Referencia: Pérdida de investidura Radicación: 11001-03-15-000-2022-03485-00

Solicitante: Gilberto Silva Ipus

Demandado: Víctor Andrés Tovar Trujillo

Tema: Auto admisorio

AUTO

Por reunir los requisitos legales consagrados en la Ley 1881 de 2018, se ADMITE la solicitud de pérdida de investidura presentada por Gilberto Silva Ipus contra el congresista Víctor Andrés Tovar Trujillo. En consecuencia, se ordena:

PRIMERO: NOTIFICAR PERSONALMENTE al congresista Víctor Andrés Tovar Trujillo a la dirección electróni ca suministrada por el solicitante , de conformidad con el artículo 199 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 48 de la Ley 2080 de 2021, y CORRERLE TRASLADO de la demanda y de sus anexos.

SEGUNDO: NOTIFICAR PERSONALMENTE al Ministerio Público a la dirección electrónica para notificaciones judiciales, de conformidad con el artículo 199 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 48 de la Ley 2080 de 2021.

SEGUNDO: NOTIFICAR PERSONALMENTE al Ministerio Público a la dirección electrónica para notificaciones judiciales, de conformidad con el artículo 199 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 48 de la Ley 2080 de 2021.

TERCERO: De conformidad con el artículo 199 de l a Ley 1437 de 20 11, modificado por el artículo 48 de la Ley 2080 de 2021, el traslado de cinco (5) días del artículo 10 de la Ley 1881 de 2018, empezará a correr una vez transcurran los dos (2) días hábiles siguientes al recibo de la notificación personal al demandado de esta providencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Con firma electrónica

MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Magistrado

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