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CE - 110010315000202203828001AUTOQUEADMITE20220718125925

Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202203828001AUTOQUEADMITE20220718125925
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

w w w . c o n s e j o d e e s t a d o . g o v . c o Calle 12 No. 7 –65 – Tel: ( 60 1) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A

CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ

Bogotá D.C., quince (15) de julio de dos mil veintidós (2022).

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 1100103-15-000-2022-03828-00

Accionante: ANDRÉS FELIPE RIVAS JIMÉNEZ

Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL VALLE DEL CAUCA

Y OTRO

AUTO ADMISORIO

Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por el señor Andrés Felipe Rivas Jiménez, actuando en nombre propio, en contra de l Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y del Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Guadalajara de Buga – Valle del Cauca, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales de petición, trabajo, debido proceso e igualdad, ocurrida con ocasión del presunto incumplimiento de plazo para resolver derecho de petición.

TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito Judicial de

resolver derecho de petición.

TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Guadalajara de Buga – Valle del Cauca, como accionado s. Asimismo,AC CI ÓN DE TUTE L A Radicado: 110010315000 -2022-0382800

Accionante: Andrés Felipe Rivas Jiménez

w w w . c o n s e j o d e e s t a d o . g o v . c o Calle 12 No. 7 –65 – Tel: ( 60 1) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso.

REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consej ero de Estado

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