CE - 110010315000202204049001AUTOQUEADMITEAUTOQUEA20220801235612
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202204049001AUTOQUEADMITEAUTOQUEA20220801235612
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SUBSECCIÓN B
Bogotá, D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil veintidós (2022).
Radicado número: 11001-03-15-000-2022-04049-00
Accionante: Alfonso Eliver Tabares Marín
Accionado: Comisión Nacional de Disciplina Judicial y otros
Acción de Tutela
Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda , que en ejercicio de la acción de tutela , presenta el señor Alfonso Eliver Tabares Marín, contra la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.
Póngase en conocimiento de la s autoridades accionadas la admisión de la presente demanda de tutela haciéndoles llegar copia de la misma, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación.
Por Secretaría General ofíciese a la Comisión Nacional de Disciplina y a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca , para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen en medio magnético, el expediente correspondiente al proceso disciplinario de radicado No: 76-001-11-02-000-2016-02330-00 disciplinable: Alfonso Eliver
medio magnético, el expediente correspondiente al proceso disciplinario de radicado No: 76-001-11-02-000-2016-02330-00 disciplinable: Alfonso Eliver Tabares Marín.Radicado Nº. 11001-03-15-000-2022-04049-00
Accionante: Alfonso Eliver Tabares Marín
Acción de Tutela
2 Con el valor que les asigne la ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.