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CE - 110010315000202204118001AUTOQUEADMITE20220802112854

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202204118001AUTOQUEADMITE20220802112854
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

SUBSECCIÓN B

Consejero sustanciador: Carmelo Perdomo Cuéter

Bogotá, D. C., dos (2) de agosto de dos mil veintidós (2022)

Acción : Tutela Expediente : 11001-03-15-000-2022-04118-00

Actor : Nicolás Escobar Bejarano Demandada : Directora de la unidad de registro nacional de abogados y auxiliares de la justicia del Consejo Superior de la Judicatura Actuación : Admite acción

Mediante la acción de la referencia , el señor Nicolás Escobar Bejarano , quien actúa en nombre propio , demanda el amparo de su derecho constitucional fundamental al trabajo, presuntamente vulnerado por la señora directora de la unidad de registro nacional de abogados y auxiliares de la justicia del Consejo Superior de la Judicatura.

Comoquiera que la presen te acción alcanza a sat isfacer los requisitos básicos previstos en el artículo 14 del Decreto le y 2591 de 19 91, se procederá a su admisión y se ordenará notificar esta decisió n a las partes por el medio más expedito y eficaz.

Por tant o, se requ erirá de la autoridad accionada rendir el informe necesario para el esclarecimiento de los hechos narra dos por el tutelante y allegar la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos.

En consecuencia, se

DISPONE:

1º. Admítese la acción de tutela instaurada po r el señor Nicolás Escobar Bejarano contra la señor a directora de la unidad de registro nacional de

En consecuencia, se

DISPONE:

1º. Admítese la acción de tutela instaurada po r el señor Nicolás Escobar Bejarano contra la señor a directora de la unidad de registro nacional de abogados y auxiliares de la justicia del Consejo Superior de l a Judicatura.

2º. Por sec retaría genera l, a través del m edio más eficaz, notifíquese la decisión adoptada mediante este proveído a la autoridad demandada, para que en el término de dos (2) días se pronuncie acerca de la presente acción.

Igualmente y por el medio más expedito y ef icaz, infórmese al tutelante sobre la admisión de este trámite.Expediente: 11001-03-15-000-2022-04118-00 Nicolás Escobar Bejarano contra la señora directora de la unidad de registro nacional de abogados y auxiliares de la justicia del Consejo Superior de la Judicatura

2 3º. Requiérese de la autoridad accionada informe a este despacho sobre el conocimiento q ue tenga de los hechos planteados por el actor y remita la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos.

Para tal efecto se concede e l término de dos (2) días contados desde el recibo de la respectiva comunicación, previa la notificación ordenada.

Notifíquese y cúmplase,

Firmado electrónicamente

CARMELO PERDOMO CUÉTER

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