CE - 110010315000202204119001AUTOQUEADMITE20220802104335
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202204119001AUTOQUEADMITE20220802104335
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
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CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN “A”
Consejero Ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Bogotá D.C., primero (1.º) de agosto de dos mil veintidós (2022) Radicado: 11001-03-15-000-2022-04119-00
Accionantes: NILSSON AMEEDD PASACHOA
Accionado: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y OTRO AUTO QUE ADMITE Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por e l señor Nilsson Ameedd Pasachoa, quien actúa en nombre propio , en contra la Presidencia de la República y el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social , por la presunta vulneración del derecho fundamental de petición.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela. NOTIFÍQUESE a la Presidencia de la República y al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social como accionados . Asimismo, NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Firmado Electrónicamente