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Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202204154001AUTOQUEADMITEAUTOQUEA20220804170628
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

SUBSECCIÓN B

Bogotá, D.C., cuatro (4) de agosto de dos mil veintidós (2022).

Radicado número: 11001-03-15-000-2022-04154-00

Accionante: Helga Patricia Recio Castaño

Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que en ejercicio de la acción de tutela presenta la señora Helga Patricia Recio Castaño , contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B.

Póngase en conocimiento de la autoridad accionada la admisión de la presente demanda de tutela haciéndole llegar copia de la misma, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación.

Por Secretaría General ofíciese al Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera – Subsección B, para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen en medio magnético, el expediente correspondiente al proceso de reparación directa con radicado número: 25000-23-26-000-2009-00774-01, demandante: Carlos Arturo Gil y otros.

Con el valor que les asigne la ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.

demandante: Carlos Arturo Gil y otros.

Con el valor que les asigne la ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

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